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Julio 2011

BOLIVIA: Sobre las Transferencias de Competencias al Chaco


Esteban Farfán Romero
farfanopina.blogspot




La verdad se corrompe tanto con la mentira como con el silencio”

Marco Tulio Cicerón

Basta una rápida y simple lectura de la Ley de Transferencia de Competencias (Ley Departamental 025), para concluir a qué nivel de ineptitud/ mediocridad/ necedad, han llegado nuestros políticos regionales y sus brillantes asesores.

Es muy decepcionante comprobar cómo la tozudez y la terquedad es más poderosa que el sentido común en algunos políticos. Un estudiante de Derecho fácilmente discierne/juzga muy bien las decisiones desacertadas de los políticos del PAN sobre la Autonomía Regional, y su proceso frustrado que no encuentra la ruta de curso.

Curiosamente los que embanderaron la Autonomía Regional, hacen lo posible por ponerle palos en la rueda de la carreta para inmovilizar la misma. El año pasado (2010) han intentado forzar la aprobación de un presupuesto reformulado del Chaco separado del Departamental, vulnerando las normas como si el Chaco ya habría completado el proceso autonómico regional. Montaron una campaña publicitaria aplastante para convencer al pueblo que tomaban la decisión correcta, y a los que advertíamos del error, no dudaron en desatar una feroz cruzada de desprestigio y descalificación despiadada sin responder (como siempre) a las observaciones. Como resultado de su tozudez y obstinación, la ejecución de las Subgobernaciones y después de la Gobernación departamental se vio paralizada por el lapso de cuatro meses, ocasionando perjuicios enormes en la administración pública y en la población, porque inmovilizó las cuentas, por lo tanto los proyectos. Después tuvieron que aceptar que estaban equivocados, y que teníamos la razón, pero el error estaba consumado y por lo tanto los efectos perversos que ellos ocasionaron de forma deliberada.

Dijeron que era la última vez que sucedía (Cardozo), y que en la elaboración del presupuesto 2011, el Chaco tendría su presupuesto independiente del Departamento, y nosotros insistimos que el mecanismo de un solo presupuesto Departamental iba a continuar mientras la autonomía regional no complete su proceso. El presupuesto de 2011, se aprobó de la misma forma que el reformulado 2010. Tuvieron que comerse en silencio y humillados sus mismas palabras altisonantes, provocadoras y procaces.

La Asamblea Regional vergonzosamente tuvo que abrogar cinco Resoluciones Regionales (Nº 03 al 07), relacionadas a la aprobación de estos presupuestos, porque estaban fuera de norma.

Ahora a los cuatro vientos nos piden (a los críticos y disidentes) que nos unamos a sus decisiones erráticas, torpes y despropósitos. Cuando se elaboró el Estatuto Departamental y la élite chaqueña llevó una propuesta burda y absurda (Libro V del Estatuto), nosotros advertimos de los peligros de ese esquema. En su momento dijimos nuestra palabra y no se nos escuchó. Más bien desplegaron una feroz campaña de desprestigio y descredito ante la población acusándonos de todo, pero no rebatieron ninguno de nuestros argumentos y advertencias. Dicho y hecho, el tiempo nos dio la razón. Estaban equivocados, pero el error ha persistido.

Luego por conveniencia, se pasaron al frente montados (ahora) en la Autonomía Regional, que era como bajar del toco al piso. También les advertimos sobre los peligros y riesgos, pero no nos escucharon. La maquinaria política, publicitaria y la danza de dinero en los medios pudieron más que nuestras razones y argumentos. Ganaron la elección engañando al pueblo, presentando una figura autonómica que no existía en la Constitución. Las medias verdades son más peligrosas que las mentiras, porque pasan como verdades.

Ahora nuevamente les advertimos que estaban yendo por mal camino cuando decidieron pedir las transferencias de competencias “transitorias” a la Asamblea Departamental. Salió un pelotón a fusilarnos por los medios de comunicación, disparando todo tipo de adjetivos en contra nuestra, pero no respondiendo a nuestros cuestionamiento. Otra vez el golpe en el muro de la realidad por la tozudez y necedad. El problema es que ellos no son los perjudicados, sino la región.

Una de las características de nuestros políticos, es que son muy tercos, además de altaneros, prepotentes y altivos. Contumaces. No se dejan ayudar, más bien disparan a mansalva. Es muy peligroso acercarse mucho a intentar ayudarlos, porque así como el que se ahoga puede acabar con la vida del que pretende salvarlo si es que no se administra bien el intento de rescate, de la misma manera uno puede salir muy herido si se deja llevar por las (aparente) buenas intenciones.

Primero hay que decir que nuestros políticos han demostrado fehacientemente que vuelan muy bajo, presos siempre a las coyunturas. De la Asamblea Regional, se ha esperado la definición de una agenda o una ruta crítica en el que se establezca los pasos a seguir para objetivar la autonomía regional. Nunca ha sucedido lo que aguardamos durante un año, más bien se han dedicado a todo menos a hacer lo que deberían realizar. Unos asambleístas peleando contratos, otros buscando mayor cuota en las pegas, otros conformes con el jugosos salario que se auto asignaron, que no se preocupan por mejorar sus condiciones cognoscitivas.

Hace días me llamó uno de los asambleístas para pedirme que no les critique mucho, porque no son personas que “no poseen concomiendo de derecho constitucional y que están aprendiendo”. O sea, que el pueblo tiene que pagarles un salario jugoso para que aprendan “recién” como administrar este proceso. Los asesores que tienen, arrancan lágrimas porque no hay uno que por lo menos tenga algún conocimiento mínimo de derecho constitucional, porque son amigos, hijo del concejal o activista político. Es decir, tenemos asambleístas que ignoran absolutamente el proceso, entonces la pregunta del millos, ¿para qué se hicieron elegir asambleístas si no saben un rábano de autonomía? Es uno de los defectos de la democracia que no filtra calidad.

En el presente trabajo voy a hacer un análisis rápido de la ley departamental 025, aprobada por la Asamblea Departamental el 27 de mayo de 2010. La misma no fue promulgada por el Gobernador interino Lino Condori porque, según él, tiene observaciones de fondo. Prácticamente la misma se encuentra en el limbo legal en este momento porque no ha completado su proceso para que se convierta en una ley vigente. La promulgación y publicación. La polémica ley ha sido devuelta con observaciones a la Asamblea Departamental y el presidente de la entidad legislativa Justino Zambrana, ha mostrado una actitud escurridiza a la decisión de promulgar.

La Asamblea Departamental ha decidido “analizar” las observaciones para tomar una decisión. Todo indica que la ley será enviada al congelador, y si es que no es promulgada correrá la suerte de otras normas que están sin promulgar o están guardadas.

CONSTITUCIÓN DE LA AUTONOMÍA REGIONAL

Este apunte me parece muy importante subrayar, porque la Ley Marco establece condiciones para la constitución de una Autonomía Regional. Debe “haber formulado y puesto en marcha el Plan de Desarrollo Regional (PDR)” antes de su constitución (LMAD Art. 38), porque precisamente el objetivo de este modelo es convertir en un espacio de planificación y gestión de la inversión pública.

Como la Autonomía Regional fue decidida antes de la aprobación de la Ley Marco de Autonomías (Ley 031), este requisito no fue cumplido previamente, lo que no significa que no debe contar con dicho documento importante para su operación y cumplimiento de su objetivo.

Da la impresión que los único que no terminan de entender que recién comenzamos el proceso de la autonomía regional son los políticos del PAN. Lo único que hemos conseguido hasta ahora es la cualidad autonómica a través del referéndum autonómico realizado el 06 de diciembre de 2009 con un resultado contundente (SI 80.45%, NO 19.55%) en los tres municipios de la provincia Gran Chaco (Yacuiba, Caraparí y Villamontes), lo que debería repetirse el momento de la aprobación del Estatuto regional.

Mientras damos el segundo paso que es la redacción/aprobación del proyecto de Estatuto Regional por la Asamblea Regional por dos tercios de sus miembros, debemos estar trabajando en el Plan de Desarrollo Regional, porque este documento nos permitirá no sólo concurrir la inversión pública regional de las entidades autonómicas, sino optimizar los recursos públicos resolviendo los problemas que arrastramos de hace mucho.

Se dice que se trabaja este documento, pero me da la impresión que se esta haciendo de manera discrecional y con poca seriedad porque no se conoce la metodología de mismo. La confección de este documento debe ser participativo y resultado de mucho diálogo y concertación regional. Hasta el momento no se conoce ni la metodología, todo indica que se elabora en algún gabinete de algún ministerio en La Paz.

QUÉ ES EL ESTATUTO

Es una norma institucional básica de las entidades territoriales autónomas de naturaleza rígida, cumplimiento estricto y contenido pactado y amparado por la Constitución Política del Estado, como parte integrante del ordenamiento jurídico, que expresa la voluntad de sus habitantes, define sus derechos y deberes, establece las instituciones políticas de las entidades territoriales autónomas, sus competencias, la financiación de éstas, los procedimientos a través de los cuales los órganos de la autonomía desarrollarán sus actividades y las relaciones con el Estado”. (LMAD Art. 60)

La existencia de un Estatuto constitucionalizado/aprobado, es condición sine qua non para el ejercicio de la autonomía (LMAD, Art. 61, II), por lo que no se puede hablar de puesta en marcha de la autonomía, si es que no se cuenta con un estatuto aprobado. Por eso la importancia de la redacción del proyecto de Estatuto por parte de la asamblea regional transitoria actual.

El proceso de construcción del proyecto del Estatuto Regional será muy complicado porque hay muchas expectativas arraigadas en cada Sección Municipal que impedirán la consolidación de consensos duraderos y constructivos. Pero no hay otro camino que enfrentar este difícil proceso que será parecido a un doloroso y largo parto. Se requiere de mucha paciencia y diálogo en el proceso de concertación del proyecto de Estatuto. Será una cirugía del alto riesgo porque si no hay consenso en el contenido del Estatuto, y no se garantiza el éxito en el referéndum aprobatorio del Estatuto, la iniciativa volvería a fojas cero (LMAD Art. 52.III). Una sola entidad (municipio) puede echar por tierra todo el proceso. Sería una gran frustración.

Ya fue una gran frustración, convencernos que la autonomía regional no es una autonomía de verdad, sino un remedo de la misma, excesivamente restringida y limitada. Que la autonomía regional fue una estafa, que fue solo un medio para ganar elecciones del PAN y el MAS sonsacando al pueblo chaqueño que fue sorprendido en su buena fe, un pueblo desprevenido., ingenuo e incauto

Será muy complicado, dificultoso, tedioso, y requerirá de mucho desprendimiento, creatividad, empatía y buena voluntad de las partes para avanzar en el proceso de construcción de consensos/acuerdos duraderos. Los que sin duda van a dificultar mucho este esfuerzo, van a hacer las élites localistas que buscaran por todos los medios preservar sus privilegios a cualquier costo. Estas élites que están muy prendidas de los políticos que encabezan cada municipio, viven/succionan de los recursos de las regalías. Son las directas beneficiadas de las inversiones públicas a través de contratos “privilegiados” y direccionados, y van a poner todos sus esfuerzos para no perder el control de las mismas. Ahí será importante nuestra intervención, para desbaratar las complicaciones que deliberadamente pondrán en las negociaciones estos grupos de poder que solo piensan en ellos y no en la mayoría.

Después de la redacción del proyecto de Estatuto, este documento deberá ser consensuado/comunicado a la Asamblea Departamental y establecer compatibilidad para no tener problemas de colisión con el Estatuto Departamental, que ya debería estar adecuado. El actual presidente de la Asamblea Regional, Raúl Mansilla ha expresado que va a crear niveles de coordinación institucional con la Asamblea Departamental para evitar repetir las dificultades provocadas por la anterior gestión. Creo que en este proceso de construcción, las decisiones deben ser asumidas por consenso y no por la fuerza como ha sucedido con la Ley de Transferencia de Competencias al Chaco.

Una vez consensuado el proyecto de Estatuto Regional, este debe ser remitido al Tribunal Constitucional para su revisión técnica y posterior constitucionalización si es que no existieran observaciones (LMAD 53.II).

Después la Asamblea Regional recién debe pedir las competencias a la Asamblea Departamental, que éstas deben ser transferidas en un plazo de ciento veinte días. Pero técnicamente para ello se requiere que el SEA (Servicio Estatal de Autonomías), acompañe el proceso monitoreando (LMAD Art.77), además que ya debería estar establecido el pacto fiscal que será el que finalmente establezca el coste competencial.

Luego la Asamblea Regional debe pedir el Tribunal Electoral Departamental (antes Corte Departamental Electoral), la convocatoria a un referéndum regional aprobatorio del proyecto de Estatuto regional. Es decir, sólo los chaqueños (Yacuiba, Caraparí y Villamontes) votaremos dicho Estatuto, lo que significa que cada entidad participante (municipio) debe dar su voto positivo al mismo. En caso de que en una de las entidades el voto sea negativo, el proyecto de estatuto queda sin efecto/consecuencia y el proceso autonómico frustrado (LMAD Art. 52.III), hasta después de cinco años.

Insisto. Por eso es importante establecer mecanismos de diálogo/concertación/acuerdo, negociación entre los tres municipios con el fin de garantizar el éxito de la misma. En caso que se frustre el proceso, la iniciativa queda extinguida y tendríamos que esperar cinco años más para volver a recomenzar todo de nuevo.

Por todo lo que demostraron, yo creo que las actuales autoridades no están en condiciones de administrar el proceso autonómico, porque no tienen las mínimas capacidades y condiciones para llevar adelante un asunto tan delicado y difícil.

Los políticos del PAN han demostrado sobradamente que tienen intereses personales, espurios y egoístas por sobre los regionales y del pueblo mayoritario. Demostraron que usaron la bandera de la autonomía para llegar al poder y asirse del mismo. Buscan asegurar su futuro y de su familia ampliando su patrimonio familiar, y nada más. Ya pasó más de un año y no nos han mostrado una estrategia seria que demuestre la consolidación de lo que prometieron en tiempo de campaña. La Asamblea estuvo al mando del PAN (José Luis García) y en un año prácticamente no han hecho absolutamente nada, muy a pesar de un jugoso presupuesto, los salarios mas altos del país, rodeados de “asesores” por doquier, oficinas bien equipadas en los tres municipios, una importante burocracia (65 empelados), y todas las condiciones políticas favorables para avanzar en la consolidación de la autonomía, pero los resultados son nulos. Lo que no tuvieron es capacidad, probidad, idoneidad e integridad. Ya no son aptos políticamente para dirigir/conducir esta reivindicación del pueblo chaqueño.

El valiente y paciente pueblo chaqueño tiene todo el derecho y la obligación de exigir su voto a los del PAN, que se extraviaron en el camino por su incapacidad y falta de integridad. El PAN como agrupación está en proceso de descomposición y fue absorbido por el MAS. La mayoría de las figuras se pasaron al MAS, quedando solo unos restos que ya no tienen credibilidad, ni poder para reimpulsar el proceso autonómico, lo que hacer que el mismo en este momento se encuentre frenado.

Después se tiene que contar con un documento muy importante para la puesta en marcha de la Autonomía Regional, que es el Plan de Desarrollo Regional (LMAD, Art. 38). Este instrumento es muy importante porque permitirá concurrir la inversión pública, hacerla dinámica y con proyección en base a una planificación.

En este momento, existen dos alcaldes en cada municipio con dos nombres. El uno es el alcalde municipal oficial y el otro es el Ejecutivo Seccional de Desarrollo. Ningún de los tres Ejecutivos tiene jurisdicción más allá de los límites municipales. Ninguno tienen proyección regional y ningún planifica en base a la región sino al municipio. Después que se aprobó el Estatuto Departamental escribí un artículo titulado Dos Alcaldes (ver blogs) en el que advertía de los peligros para la coordinación institucional la creación de los Ejecutivos Seccionales a lado de los alcaldes.

No se ha conocido hasta la fecha una reunión de coordinación entre los tres ejecutivos para poner en marcha la Región. Cada uno de espalda gasta el dinero que le llega de 45%, es decir el 15% desde la visión reduccionista local.

Este sistema ha sido heredado del Estatuto departamental, que estableció en el Libro V, una forma anti autonomista que consistió primero que los Ejecutivos sean designados por el Gobernador a uno de los asambleístas elegidos, después nosotros presionamos para que haya una enmienda que posibilite que el pueblo (por lo menos) elija a los Ejecutivos. Este absurdo sistema fue diseñado por Cardozo, Arias, Bru y compañía, entorpeciendo brutalmente el proceso autonómico regional. Curiosamente los Ejecutivos se convirtieron en el pecado original.

Este Plan de Desarrollo corregirá/dirigirá esta dispersión de recursos, energías e iniciativas. Por ello su importancia y urgencia. Cada Ejecutivo está concentrado en gastar el dinero, y no en invertir. Cada uno gasta el dinero en proyectos de mínima cuantía, hasta insulsos. No existe en este momento inversiones orientadas a resolver los problemas de fondo y grandes. Hay una competencia febril y destructiva cargada de mucha política entre los alcaldes y los ejecutivos.

Volviendo al proceso autonómico, si es que el Estatuto pasara la prueba del voto del pueblo, se debe esperar la convocatoria a las elecciones municipales de abril 2015 (CPE Art. 282, I) para que las autoridades de la Autonomía Regional sean designadas/elegidas. Eso significa que iríamos a las urnas a elegir a los asambleístas territoriales, poblacionales, e indígenas establecidos en el Estatuto, y después de constituida la Asamblea Regional, ésta debe designar a un asambleísta regional como Ejecutivo Regional conforme a procedimiento que se establecerá en el Estatuto regional. El pueblo no tendrá posibilidades de elegir al Ejecutivo, salvo que la Asamblea Regional se desprenda de esa atribución legal.

Recién a partir de ahí podemos hablar de la puesta en marcha de la Autonomía Regional, con la constitución de los órganos de la misma. Como dije al principio, hasta aquí solo avanzamos el primer paso que es adquirir la cualidad autonómica, nos faltan como siete más para echar a andar ese proceso.

Un detalle más; no es como dijeron/mintieron los del PAN que nosotros vamos a tener Autonomía Regional antes que la Departamental. Mas bien, el proceso de la autonomía regional esta supeditado/subordinado a la marcha de al autonomía departamental. Lo que significa que mientras que la autonomía departamental no comience a marchar, tampoco la regional podrá dar un paso más. Por ello, tenemos que monitorear las decisiones/acciones del Departamento con el fin de marcar el ritmo de nuestro proceso.

Al paso que estamos yendo, dudo mucho que (incluso) podamos cumplir esa especie de vaticinio/predicción que dije con mucha valentía, énfasis y responsabilidad el 2009, y que me ha reportado ser acribilladlo mediáticamente por un pelotón de activistas panistas, que recién el 2015 tendríamos autonomía regional.

En resumen, estamos en condiciones que el Chaco debe necesariamente dar ciertos pasos (nueve) para consolidar su tan ansiada autonomía.

PRIMER PASO: Adquisición de la cualidad autonómica a través de un referéndum.

SEGUNDO PASO: Redacción del proyecto de Estatuto por la Asamblea Regional según la Ley Marco de Autonomías.

TERCER PASO: Compatibilización con el Estatuto Departamental adecuado a la Constitución.

CUARTO PASO: Remisión al Tribunal Constitucional para su constitucionalización.

QUINTO PASO: Transferencia de competencias desde la Asamblea legislativa Departamental en un plazo inexcusable de ciento veinte días.

SEXTO PASO: Referéndum Aprobatorio del Estatuto Constitucionalizado

SÉPTIMO PASO: Elaboración del Plan de Desarrollo Regional (PDR)

OCTAVO PASO: Elección/designación de las autoridades establecida en el Estatuto (Ejecutivo Regional asambleístas poblacionales, territoriales e indígenas)

NOVENO PASO: Puesta en marcha de la Autonomía Regional con las autoridades elegidas

Es decir, eso significa claramente que solamente hemos dado el primer paso, pues simplemente tenemos la cualidad autonómica. Supuestamente el pueblo ha mandado a un grupo de asambleístas administrar/impulsar el proceso autonómico, pero el mismo está congelado en este momento.

Hoy se aprobó la “Ley de Clasificación y Definición de Impuestos y de Regulación para la creación o modificación de tributos de dominio de los Gobiernos Autónomos”, y en la misma no aparecen las autonomías regionales y nadie de los “autonomistas” de cartón del PAN ha dicho algo al respecto. Todo el tiempo que la ley fue tramitada en la Asamblea Plurinacional, Cardozo estaba haciendo política con el tema del campo Margarita en el Chaco. Esa ley que será promulgada en las siguientes horas, es un golpe duro a las autonomías departamentales y municipales, y especialmente a la regional porque la ignora completamente.

Definitivamente los del PAN se han descapitalizado políticamente por sus torpezas e incapacidad, lo que pone en riesgo el proceso de la autonomía regional, ya que ellos tienen en sus manos el poder público.

Del MAS no se puede esperar mucho porque este movimiento es anti autonomista, es vertical y autoritario. Ha demostrado sobradamente a través varias decisiones que tiene como objetivo reconcentrar todas las decisiones importantes en el nivel central.

Pero volvamos al análisis de la ley 025, que fue sancionada por unanimidad pero no promulgada por el Ejecutivo departamental, devolviendo la misma con observaciones. La Asamblea Legislativa Departamental, sólo ha experimentado dos momentos en los que sus miembros mostraron unanimidad. Cuando se auto asignaron un salario cerca a los Bs. 15.000 y en la aprobación de esta ley.

La ley fue aprobada la madrugada del viernes 27 de mayo, hoy es 30 de junio y la misma después de más de un mes, no fue promulgada y está en el limbo. Debería ser promulgada por el presidente de la Asamblea Departamental, pero hasta la fecha no hay ninguna decisión. Arbitrariamente se han establecido plazos, mismos que se han cumplidos abundantemente.

OBJETO DE LA LEY

La Ley Departamental 025, en el artículo segundo (objeto de la Ley), crea una figura que no existe en la economía jurídica vigente, que son las competencias “transitorias”. Mucha creatividad de nuestros asambleístas y resplandecientes asesores, pero inútil para impulsar el proceso de la autonomía regional, ya que inviabilizan la misma. Además, la Constitución, condiciona toda transferencia o la delegación de las competencias a la región, una vez ésta esté “constituida” (CPE art. 301). Un región está constituida cuando se cuenta con un estatuto habilitado para su ejercicio, es decir constitucionalizado y plebiscitado, (LMAD Art. 61.II).

¿COMPETENCIAS “TRANSITORIAS”?

Una competencia “es la titularidad de atribuciones ejercitable respecto de las materias determinadas por la Constitución”. (LMAD, Art. 6.II.4)

En ninguna parte de la Ley Marco existe la figura de la transferencia de competencia “transitorias”. En ninguno de los artículos referidos a este proceso, (LMAD 41 y 74), aparece la figura de competencias “transitorias”, sino definitivas. Este es un invento obstaculizador.

Todos sabemos que en este momento el estado de la Autonomía Regional se encuentra en implementación, pues lo único que adquirimos fue la cualidad autonómicas (06/12/2009) a través de un referéndum consultivo. El segundo paso es la elaboración del proyecto del Estatuto Regional (LMAD, Art. 41.I) por la Asamblea Regional (Ley 017, Art. 16) por dos tercios de sus miembros. Después de la aprobación por la asamblea de transición, el mismo debe ser remitido al Tribunal Constitucional para su aprobación (constitucionalización) LMAD, Art. 53.II), luego éste devolverá a la asamblea regional para que después ésta pida al Tribunal Electoral convoque a referéndum aprobatorio del proyecto de estatuto constitucionalizado en los tres municipios del Chaco (Yacuiba, Caraparí y Villamontes), los que deben dar el voto positivo mayoritariamente cada uno de forma individual (LMAD, Art. 52. III).

Esto significa que necesariamente el proyecto de Estatuto de recibir el apoyo en los tres municipios, si en uno de ellos el resultado fuese negativo, “la iniciativa se extinguirá”, lo que significa que volveríamos a fojas cero. Por ello es importante tomar el toro por los cuernos de una vez, y no por la cola como se está haciendo en este momento. Hay que enfrentar los desafíos que se presentan en la construcción del estatuto consensuado, en base a mucha paciencia, dialogo y predisposición de las partes involucradas. No hay que negar que cada sección municipal tiene sus expectativas preestablecidas, lo que complica los ajustes de las mismas a la constitución y la ley marco porque son chocantes.

Después de la aprobación popular, recién la asamblea regional debe pedir las competencias a la asamblea legislativa Departamental y este tienen un plazo fatal de ciento veinte días para realizar la misma (LMAD Art. 41.I; 74.I). La transferencia debe ser de mutuo consentimiento, consensuada, voluntaria, coordinada y sujeta al monitoreo del SEA (Servicio Estatal de Autonomías) (LMAD Art. 77 y 129), previo a cualquier demanda ante el Tribunal Constitucional si existieran conflictos en el proceso.

Después de todo este engorroso/tedioso proceso, recién se estaría en condiciones de ejecutar la autonomía regional, es decir en poner en práctica. La misma se objetivará con la elección del Ejecutivo regional (solo uno en la Región, no tres como se distorsiona) que administrará los recursos de la regional autónoma (LMAD Art. 40). Es decir, recién a partir de este momento podremos constituir la autonomía regional con la elección de nuestras autoridades ejecutivas y deliberativas. Iremos a las urnas a votar en abril de 2015, por un cuerpo conformado por tres tipos de asambleístas regionales (poblacionales y territoriales e indígenas), y la asamblea designara al Ejecutivo Regional.

Es aquí recién que se puede hablar de la activación/objetivación de la Autonomía Regional, porque tendremos el Estatuto en vigencia, y las autoridades para que ejerzan la autonomía. Cuando la norma establece que el estatuto autonómico es la “condición previa para el ejercicio de la autonomía”, lo que quiere decir es que el Estatuto es la norma que reglará la estructura organizada de la institución. Lo que significa que la Región de Chaco no puede aun ejercer la Autonomía Regional mientras no tenga el Estatuto.

¿A QUIÉN SE TRANSFIERE LAS COMPETENCIAS?

En los artículos segundo y tercero se establece que se transfiere las competencias a la Región Autónoma y no a la entidad territorial. La Región autónoma es una unidad territorial y no la entidad territorial, por lo que aquí hay problemas serios de redacción de la norma. Hay una evidente confusión de términos. Una unidad territorial “es un espacio geográfico delimitado para la organización territorial del Estado” y una entidad territorial “ es la institucionalidad que administra y gobierna en la jurisdicción de una unidad territorial, de acuerdo a las facultades y competencias que le confiere la Constitución Política del Estado y le ley” (LMAD Art. 6)

Lo que queda claro es que no existe materialmente en este momento la entidad territorial de la autonomía regional que es el Gobierno (Ejecutivo Regional y Asamblea Regional), pues este se objetivará una vez se apruebe por referéndum aprobatorio el Estatuto Regional a través de una elección que se producirá el año 2015, como advertimos en su momento.

La ley tiene problemas de fondo por lo que cualquier modificación, debe pasar por hacer cambios importante que sin duda afectaran de manera importante en su sustancia.

El Gobernador interino ha manifestado que hará las gestiones ante el Gobierno Nacional para que a través de un Decreto Supremo se proceda a la transferencia de competencias. Sobre el particular debemos decir que nuestras autoridades deberían cambiar el chip centralista por el autonómico, pues este asunto se debería resolverse necesariamente en el Departamento, agotando todas las instancias que tenemos a mano. Lo que la Gobernación debe hacer es contribuir para que la Región chaqueña cuente en el menor tiempo posible con su Estatuto y el Plan de Desarrollo Regional. Es días pasados estuvieron auspiciando una serie de encuentro con el fin de diseñar el Plan de Desarrollo Departamental, pero no se conoce ninguna decisión sobre el Plan de Desarrollo Regional. La Gobernación a partir de la fecha debe respetar las decisiones del PDR, para incluir el mismo en el Plan de Desarrollo Departamental.

No se requiere de Decreto Supremo, sino del proyecto de estatuto lo más pronto posible para la ejecución de la autonomía regional. Lo ejecutivos seccionales no tienen las manos atadas como aseguran los panistas, porque la ley 017 (Art. 17), les otorga/traspasa competencias.

La ley 025, hace la transferencia de bienes, instalaciones y responsabilidades específicas a los Ejecutivos Seccionales, cuando todos sabemos que los mismos son instancias subordinadas del Gobierno Departamental, representante de éstos en la Sección Municipal.

La ley 017, establece de manera clara que los Ejecutivos Seccionales, “ejercerán las funciones que venían desempeñando el Subprefecto de Yacuiba y los Corregidores Mayores de Villamontes y Caraparí hasta que sea aprobado el Estatuto de la Autonomía Regional” (Art. 17)

Esto echa por tierra los argumento expuesto machaconamente por los políticos del PAN justificando la necesidad y urgencia ley, al manifestar los Ejecutivos estaban “atados de manos y pies” y que los mismos requerían con urgencia la aprobación de una norma que posibilite destrabar la ejecución presupuestaria otorgándoles competencias.

LAS COMPETENCIAS

El régimen competencial es muy importante porque es prácticamente el corazón para el ejercicio de la autonomía, por lo que la región chaqueña sin duda requiere de la transferencia de competencias para poner en marcha el mismo.

Una competencia es la titularidad de atribuciones ejercitables respeto de las materias determinados en la Constitución.

De las 36 competencias que la Constitución transfiere a los Gobiernos Departamentales, en la ley se piden solo 10 (Ley D 025 Art. 4). No se sabe cuáles son los argumentos técnicos para dicho número.

La autonomía regional nació sin cualidad legislativa y sin competencias. No es como dicen algunos políticos panistas y del MAS, que la Constitución de Oruro otorgaba cualidad legislativa a la autonomía regional y que fueron los prefectos de la media luna en Cochabamba (18/09/08) los que sacaron de la misma en la negociación con el Gobierno.

Los artículos 281, 282 y 283 de la Constitución de Oruro (Dic. 2007) establecían la autonomía regional sin cualidad legislativa. Las modificaciones que se hizo en la Constitución retocada en el Congreso Nacional, fueron de forma y no de fondo. Lo que sí es cierto es que la autonomía regional tenía trece competencias (Art. 202) transferidas directamente, que fueron inexplicablemente eliminadas en el Congreso Nacional. Cardozo nunca dijo nada de este asunto, y tampoco ha explicado las razones por las que ha guardado un silencio cómplice.

El ejercicio efectivo de las competencias es gradual (LMAD Art. 5.13) y no como manifiestan los panistas que debe ser de forma atropellada y abrupta, por lo que el proceso debe ser ordenado y consensuado (LMAD Art.67.I).

Por otro lado, para que las competencias sean ejercitadas a plenitud se requiere que a través de una ley, las entidades emisoras y receptoras sean ratificadas por ley de sus órganos deliberativos. En el caso de la Gobernación Departamental eso no ha sucedido, porque no tiene las competencias efectivas transferidas desde el nivel central, pues el Estatuto Departamental no ha sido adecuado a la Constitución y constitucionalizado por el Tribunal Constitucional. Lo que hace la ley 017 en su artículo 6, es otorgarle la capacidad de ejercer las competencias de la Constitución de forma transitoria hasta que sean aprobados sus Estatutos, pues de lo contrario la transición estaría bloqueada. El departamento tendrá las competencias efectivas una vez cuente con su estatuto departamental vigente y listo para ser ejecutado.

Un dato que debemos apuntar es que “en el caso de la autonomía regional, el ejercicio de sus competencias está sujeto a la legislación de las entidades territoriales que se las transfieran o deleguen” (LMAD Art. 9.II), lo que significa que de por vida con la autonomía regional estaremos subordinados a las decisiones legislativas de la Asamblea Legislativa Departamental.

Lo que significa que la actual Asamblea Regional es una institución de transición, que tiene como encargo principal la redacción del proyecto de estatuto para que se active la autonomía regional en el Chaco recién a partir del 2015 (CPE, Art. 282.I), eligiendo a las nuevas autoridades junto con la lista de candidatos a concejales.

MI CONCLUSIÓN:

Mucha gente está pidiendo un debate serio sobre el tema de la autonomía regional y frente a esa exigencia hice un desafío a Willman Cardozo o a Jorge Arias para debatir y evaluar el proceso autonómico del Chaco, pero lamentablemente Cardozo salió inmediatamente a rechazar toda posibilidad manejando argumentos muy simples y rebatibles. Lo que pasa es que no tienen forma de explicarle objetivamente a la población la falta de capacidad que mostraron en la administración del proceso.

Lo que sí han demostrado es mucha habilidad, que raya en e l cinismo y descaro, para mostrar una autonomía de apariencia que no camina desde diciembre de 2009, cargando el muerto de los magros resultados a otros. Son funambulistas. No son capaces de asumir su responsabilidad política e histórica.

La palabra de los políticos panistas se ha devaluado muchísimo y ha adquirido un tufo de ramplona falacia por las desacertadas decisiones asumidas desde el inicio. Lamentablemente, se debilita gravemente la bandera por la autonomía con la complicidad del PAN.

El PAN se desportilla cada día que pasa como consecuencia de su inconsistencia política y dudo mucho que tenga capacidad de rearticularse, porque se encuentra en proceso de absorción por parte del MAS. La descomposición interna es más que evidente.

Lo que debe hacer la asamblea regional es concentrarse las 24 horas en la redacción del proyecto de Estatuto regional estableciendo mecanismos de diálogos fructíferos y productivos entre las secciones municipales de Yacuiba, Villamontes y Caraparí, y no distraerse en el camino con asuntos que no aportan al proceso de al autonomía del Chaco. (Yacuiba 29/06/11)

ESTEBAN FARFÁN ROMERO, es periodista, analista político y docente.

ESTEBAN FARFÁN ROMERO

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Yacuiba – Gran Chaco – TARIJA – BOLIVIA






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