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Agosto 2015

Max Puig dice Barrick Gold violó la ley al negociar con empresa sin avisar


El Caribe - 13/08/2015

El presidente de la Alianza por la Democracia (APD), Max Puig, dijo este jueves que la Barrick Gold violó la ley minera y sus reglamentos de aplicación, así como el Contrato Especial de Arrendamiento de Derechos Mineros (CAEM), tras firmar un negocio  sin anunciarlo al Gobierno dominicano, para venderle oro a otra empresa.

“La semana pasada la empresa negociadora de metales preciosos Royal Gold anunció haber suscrito un acuerdo con Barrick Gold, propietaria del 60 % de las acciones de Pueblo Viejo Dominicana. Mediante el trato la segunda se compromete a venderle a la primera parte del oro a ser extraído de la mina de Pueblo Viejo”, resaltó Puig en un comunicado.

Dijo que a raíz de las informaciones dadas a conocer públicamente, la Alianza por la Democracia (APD), expresa las siguientes consideraciones:

1. De lo dicho por los ministros Isa Conde y Peralta se colige que el gobierno dominicano no había sido informado previamente acerca de las negociaciones entre las dos multinacionales. El gobierno fue sorprendido.

2. Al pactar la venta del oro dominicano a futuro sin informar al gobierno Barrick Gold violó la ley minera y sus reglamentos de aplicación, así como el Contrato Especial de Arrendamiento de Derechos Mineros (CAEM) que había suscrito con el Estado y había sido aprobado por el Congreso Nacional.

3. De acuerdo a estos instrumentos, desde el punto de vista legal el Estado dominicano puede ejercer su oponibilidad a cualquier acuerdo que considere lesiona sus intereses; de ahí la necesidad y obligación de ser informado previamente.

4. El oro es propiedad del Estado dominicano y Pueblo Viejo Dominicana no tiene un contrato de concesión minera que se lo ceda, sino un contrato de arrendamiento. De donde se desprende que es el Estado dominicano quien debe determinar si acepta o no las condiciones en que Barrick Gold pretende vender a futuro el oro de Pueblo Viejo a Royal Gold, recibiendo un pago adelantado de 610 millones de dólares sujeto a “condiciones suspensivas” desconocidas.

5. Apesar de que la empresa Pueblo Viejo Dominicana ha anunciado que la venta a futuro que pretende realizar no afectará sus compromisos con el Estado dominicano, es éste último quien debe determinarlo. Hasta ahora se desconocen por completo aspectos fundamentales de la transacción, a comenzar por los precios de la venta del oro.

6. En la actualidad, hay un riesgo muy elevado de que la empresa Pueblo Viejo Dominicana se vea compelida a interrumpir sus operaciones en la República Dominicana. Esto se debe, fundamentalmente, a la acentuada tendencia bajista del precio del oro en los mercados internacionales. Se prevé que esta tendencia se acentuará a partir del mes de septiembre, a raíz de esperadas alzas en las tasas de interés en Estados Unidos. En los últimos días la onza de oro se ha venido cotizando alrededor de los 1,100 dólares, llegando a descender a 1,085 dólares. Un descenso del precio del oro por debajo de  los mil dólares pondría a la orden del día el cierre de las operaciones de Pueblo Viejo.

7. El cierre de la mina de Pueblo Viejo en las actuales circunstancias acarrearía muy graves inconvenientes al Estado y al pueblo dominicano. Se verían directamente afectadas las exportaciones y, con ello, la provisión de divisas. También sufrirían una merma considerable las finanzas públicas y el empleo, así como los ingresos de las personas y de las comunidades de las zonas de explotación minera.

8. El cierre de la mina tendría también consecuencias ambientales sumamente negativas para la región nordeste y para todo el país. La disposición detendría las medidas de remediación de los pasivos ambientales de la Rosario Dominicana y desataría nuevos y graves riesgos ambientales resultado de la explotación actual del oro.

Partiendo de las consideraciones anteriores, y a fin de preservar los intereses del Estado y del pueblo dominicano defendiendo nuestro oro, la Alianza por la Democracia considera que el gobierno está obligado a tomar una serie de medidas. En tal sentido, se sugiere al gobierno nacional la adopción de las siguientes disposiciones:

a. Informar de inmediato a Barrick Gold que las ventas a futuro que pretende realizar están sujetas a la aprobación del Gobierno dominicano, exigiéndole el suministro de informaciones detalladas sobre cualquiera de sus operaciones que pueda guardar relación con la explotación y comercialización del oro dominicano. Cualquier acuerdo o decisión al respecto debe quedar sujeto a la aprobación gubernamental, como lo establecen la ley y el contrato de arrendamiento.

b. Crear una comisión interministerial especial, dotada de todos los recursos materiales y técnicos requeridos, para darle seguimiento a la producción y comercialización del oro, a fin de poder enfrentar con propiedad la grave crisis que puede sobrevenir con relación a la producción del mineral. Esto implica el reforzamiento institucional de la Dirección General de Minería y otras instancias del Estado, así como la contratación de los expertos requeridos, incluyendo en primer lugar a especialistas en el mercadeo internacional del oro.

c. Dar todos los pasos necesarios para el establecimiento de una refinería de oro y plata que permita procesar el doré en territorio nacional, reduciendo costos y agregando valor a estos minerales.

d. Cobrar a la empresa Pueblo Viejo Dominicana por el uso del agua en sus operaciones, recurso que se le viene entregando gratuitamente hasta la fecha.

e. Disponer la entrega del 5 % de los ingresos que recibe el Estado por concepto de impuestos de la explotación del oro a los ayuntamientos de la zona minera.

f. Constituir un Fondo de Reserva del Oro que permita utilizar de manera óptima los recursos provenientes del subsuelo dominicano.

g. Establecer reglas estrictas, garantizadas por una vigilancia ciudadana, para lograr la transparencia y el mejor uso en el empleo de los fondos provenientes de las explotaciones mineras. Estas disposiciones deben garantizar que los recursos provenientes de la exportación del oro no sean utilizados en bastos corrientes, en pago de deuda o en cubrir déficits fiscales sino en la realización de inversiones destinadas a mejorar las condiciones de vida de la población.

h. Preparar de inmediato un plan de contingencia para el caso que se produzca el cierre temporal de las operaciones de Pueblo Viejo Dominicana. Este debe incluir, necesariamente, una política de mantenimiento de las instalaciones y un efectivo plan de preservación ambiental.

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