Diciembre 2014
3 de diciembre de 2012
PALESTINA, Estatuto de Estado No Miembro Observador y América Latina
Foto: La delegación de Palestina en la sede de Naciones Unidas, el 29 de noviembre del 2012 (Articulo de prensa de Sabbah) / Picture: Delegation of Palestine last November 29, 2012, at United Nations Headquarters in New York, from Sabbah.
En una acalorada votación realizada el pasado 29 de noviembre en Nueva York, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó por 138 votos a favor, 9 en contra y 41 abstenciones, el proyecto de resolución A/67/l.28 (ver texto completo) impulsado por 60 Estados (Nota 1), entre los cuales Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Cuba, Ecuador, Nicaragua, Perú, Uruguay, Venezuela. Varias de las 41 abstenciones, en realidad se decidieron a último momento, por parte de Estados que podrían votar en contra, como en el caso de Australia: "Australia had been scheduled to vote against the Palestinian motion, but a last-minute shift in caucus saw Prime Minister Julia Gillard forced into an abstention in Friday's vote" (ver nota de prensa) o las abstenciones repentinas de Alemania y de los Paises Bajos (ver nota de prensa). La abstención de Alemania, fue denunciada por la diplomacia israelí, la cual posiblemente tenia previsto en sus planes que Alemania votara en contra de dicha resolución (ver nota de prensa). Finalmente, es menester indicar que Reino Unido, que de igual manera optó por la abstención, había anunciado que votaría a favor siempre y cuando Palestina diera seguridades de no acudir a la Corte Penal Internacional: "The U.K. suggested that it might vote “yes” if the Palestinian Authority offered assurances that it wouldn’t pursue charges in the International Criminal Court, but apparently came away unsatisfied" (nota de prensa, The Washington Post).
Mediante la votación de esta histórica resolución (que dividió a los 27 Estados de la Unión Europea), se le otorga a Palestina el Estatuto de Estado Observador No Miembro de las Naciones Unidas. La parte resolutiva del texto aprobado el 29 de noviembre en Nueva York se lee como sigue:
La Asamblea General de las Naciones Unidas...
1. Reafirma el derecho del pueblo palestino a la libre determinación y a la
independencia en su Estado de Palestina en el territorio palestino ocupado desde
1967;
2. Decide conceder a Palestina la condición de Estado observador no
Miembro en las Naciones Unidas, sin perjuicio de los derechos adquiridos,
privilegios y papel de la Organización de Liberación de Palestina en las Naciones
Unidas como representante del pueblo palestino, de conformidad con las
resoluciones y la práctica pertinentes;
3. Expresa la esperanza de que el Consejo de Seguridad considere
favorablemente la solicitud de admisión del Estado de Palestina como Miembro de
las Naciones Unidas, presentada el 23 de septiembre de 2011
Dicho resultado dista mucho del primer intento en el que Palestina solicitó integrar un órgano de las Naciones Unidas: ante una solicitud formal que planteara ante la Organización Mundial de la Salud (OMS) en 1989, esta solicitud fue rechazada por 83 votos en contra, 47 a favor y 20 abstenciones (ver estudio de A. Koestler, p. 742). Una segunda solicitud en el mismo año ante la Organización de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) fue finalmente pospuesta por Palestina. "Si la votación iba implicar una mayor confrontación, y si Estados Unidos iba aducir que no reingresaban a la UNESCO, en virtud de la admisión de Palestina como miembro de pleno derecho, entonces el Gobierno de Palestina optaba por posponer su demanda de admisión a la Organización" (A. Koestler, op.cit., p. 745). Finalmente, 22 años después (en octubre del 2011) Palestina logro ser aceptada como miembro de pleno derecho de la UNESCO con una votación de 107 votos a favor, 14 votos en contra, y 52 abstenciones.
LA PARTICIPACIÒN DE AMÉRICA LATINA. Durante el debate sobre esta resolución, realizado este 29 de noviembre, participaron los siguientes Estados de América Latina: Brasil, Costa Rica, Cuba, Guatemala, Honduras, México y Venezuela (ver detalle del debate en comunicado de prensa oficial de Naciones Unidas). En relación al voto de América Latina, Panamá se une a los 8 Estados que votaron en contra de dicha resolución (Canadá, Estados Unidos, Islas Marshall, Israel, Micronesia, Nauru, Palau y República Checa). Entre las 41 abstenciones, encontramos a Colombia y a Guatemala, lo cual no es ninguna sorpresa, así como a Haití y a Paraguay (una franca innovación) por parte de los Estados de América Latina. El último número de la Revista Al Kubri, No. 6, (octubre-diciembre 2012) publicada por el Centro de Estudios de Medio Oriente y Norte de África (CEMOAN) en Costa Rica, remite a las distintas reacciones en América Latina del voto de las delegaciones latinoamericanas.
El año pasado (2011), en relación a la solicitud de Palestina de ser considerada como Estado Miembro de las Naciones Unidas número 194, la mayoría de los Estados de América Latina habían anunciado que apoyarían esta propuesta, con excepción de Colombia, Guatemala y Panamá quiénes anunciaron públicamente que votarían en contra de esta propuesta. Una ofensiva diplomática de Israel en la región no obtuvo mayores resultados: esta ofensiva del aparato diplomático de Israel incluyó también a Costa Rica.
EL CASO DE COSTA RICA
El caso de Costa Rica es peculiar en la medida en que el reconocimiento de Palestina como Estado que realiza en febrero del 2008 vino a reactivar notablemente dicho reconocimiento por parte de América Latina y de muchos otros Estados en el mundo. Uno de los responsables de esta política de apertura de Costa Rica hacia Palestina, fue su canciller, Bruno Stagno (2006-2010), quién declaró en un evento de las Naciones Unidas en el 2011: "En 1947, Costa Rica, al igual que otros 12 países de América Latina y el Caribe, apoyó la resolución 181 (II) de la Asamblea General sobre el Plan de Partición del Mandato Británico de Palestina. En esa ocasión formamos parte de los 33 países que reconocieron tempranamente que la coexistencia de dos Estados se imponía como la peor solución, con excepción de todas las demás. Desde entonces hemos visto pasar una tragedia tras otra, incluyendo guerras e intifadahs, asesinatos y atentados, afectando seriamente el derecho a vivir sin miedo de ambos pueblos. Paralelamente, y sin un claro calendario estacional, hemos visto germinar las promesas y esperanzas generadas por diversos procesos de paz, sin lograr aún la cosecha de los dividendos de paz. Ha sido tierra fértil para dobles raseros, para intereses ajenos, y para una triste reiteración de eventos que postergan el cumplimiento del mandato acordado en 1947" (Ver Ponencia de Bruno Stagno, Reunión de Naciones Unidas en Montevideo).
.Es con base en este sólido planteamiento que Costa Rica establece relaciones oficiales de Estado a Estado con Palestina en febrero del 2008: posteriormente a Costa Rica, proceden a similar gesto hacia Palestina los siguientes Estados: Venezuela (abril del 2009), República Dominicana (julio del 2009), Bolivia, Brasil, Ecuador y Paraguay (diciembre del 2010), Perú y Chile (enero del 2011), Argentina (febrero del 2011), Uruguay (marzo del 2011), El Salvador y Honduras (agosto del 2011). A ello hay que sumar los reconocimientos previos hechos por Cuba (1988) y Nicaragua (1988), así como de México el cual alberga una representación de Palestina desde 1975 sin reconocer oficialmente a Palestina como Estado
No obstante, en el caso de Costa Rica, es menester recordar que su Presidente Laura Chinchilla llegó a la Asamblea General de las Naciones Unidas en septiembre del 2011 indecisa, actitud calificada como correspondiente a una "excesiva prudencia". Incluso medios de prensa adelantaron en aquel entonces que Costa Rica se inclinaba a abstenerse o a votar en contra de la propuesta de Palestina.
PERSPECTVAS NUEVAS PARA PALESTINA. En un artículo que publica en La República (Costa Rica) hoy el ex Ministro de Relaciones Exteriores de Costa Rica (2006-2010), Bruno Stagno, y quién además fungió como Presidente de la Asamblea de Estados Parte de la Corte Penal Internacional (2005-2008] se puede leer que: "Más allá de la importancia que tiene esta decisión sobre la autodeterminación de Palestina, tiene importantes efectos jurídicos y políticos sobre las eventuales negociaciones de paz en el Medio Oriente.
En primer lugar, por primera vez en su historia, Palestina ahora podrá suscribir tratados internacionales, incluyendo en particular el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. De acceder a dicho tratado, aquellos excesos susceptibles de caer bajo la jurisdicción del Estatuto perpetrados por Israel o grupos extremistas o terroristas en territorio palestino, podrían ser investigados o juzgados por la Corte" (Nota 2).Cabe señalar con respecto a la CPI que, sin ser miembro de las Naciones Unidas, Palestina declaró reconocer la competencia de la Corte Penal Internacional en el 2009 (ver texto de la declaración) con la idea que esta jurisdicción pueda investigar los actos de violencia perpetrados en su territorio (Nota 3)
CONCLUSION
El 23 de septiembre del 2011, Palestina oficializó ante el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas su petición formal de ser considerada como un Estado Miembro de las Naciones Unidas: a la fecha, el Consejo de Seguridad no se ha pronunciado sobre esta solicitud. El veto anunciado de EE.UU excluye por el momento el reconocimiento de Palestina como Estado miembro pleno de las Naciones Unidas, cuando la misma resolución 181 de octubre de 1947 supone, además de la partición de Palestina, la existencia de dos Estados, uno árabe y otro judío, tal como acordado en 1947 en la resolución 181. Con la votación de la resolución del pasado 29 de noviembre del 2012 (la cual incorpora de manera explicita una referencia muy clara a la resolución 181 de 1947 en su preámbulo), Palestina logra superar en parte el escollo que le significa el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, y se acerca un poco más al sistema de Naciones Unidas como tal: y en particular, a la justicia penal internacional.
Nota 1: El proyecto de resolución fue propuesto por lo siguientes Estados: Afganistán, Arabia Saudita, Argelia, Argentina, Bahrein, Bangladesh,
Bolivia (Estado Plurinacional de), Brasil, Brunei Darussalam, Chile,
China, Comoras, Cuba, Djibouti, Ecuador, Egipto, Emiratos Árabes
Unidos, Guinea-Bissau, Guyana, India, Indonesia, Iraq, Islandia,
Jordania, Kazajstán, Kenya, Kuwait, Líbano, Libia, Madagascar,
Malasia, Maldivas, Malí, Marruecos, Mauritania, Namibia, Nicaragua,
Nigeria, Omán, Pakistán, Perú, Qatar, República Democrática
Popular Lao, República Popular Democrática de Corea, San Vicente y
las Granadinas, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Somalia, Sudáfrica,
Sudán, Tayikistán, Túnez, Turquía, Uruguay, Venezuela (República
Bolivariana de), Yemen, Zimbabwe y Palestina
Nota 2: Artículo de Bruno Stagno: Palestina y la CPI, La República, con fecha del 3/12/2012.
Artículo reproducido al final de este nota
Nota 3: Artículo sobre la jurisdicción de la CPI sobre Palestina (estudio de W.Th. Worster - en inglés - . Ver resumen. Texto completo disponible en PDF solicitando su envío en formato digital a: cursodicr@gmail.com).
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Palestina y el Estatuto de Roma, Bruno Stagno Ugarte, La Republica (Costa Rica), 3/12/2012
Durante la Primera Guerra Mundial, Arthur James Balfour, entonces Ministro de Relaciones Exteriores del Reino Unido, despectivamente caracterizó a Palestina como “una pequeña entalladura” de arena. El pasado 29 de noviembre, 138 países apoyaron una histórica resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas otorgándole a esa “entalladura” la condición de Estado Observador no Miembro. Más allá de la importancia que tiene esta decisión sobre la autodeterminación de Palestina, tiene importantes efectos jurídicos y políticos sobre las eventuales negociaciones de paz en el Medio Oriente.
En primer lugar, por primera vez en su historia, Palestina ahora podrá suscribir tratados internacionales, incluyendo en particular el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. De acceder a dicho tratado, aquellos excesos susceptibles de caer bajo la jurisdicción del Estatuto perpetrados por Israel o grupos extremistas o terroristas en territorio palestino, podrían ser investigados o juzgados por la Corte.
En segundo lugar, esta posibilidad tiene un importante potencial para fortalecer políticamente a la Autoridad Nacional Palestina liderada por el Presidente Mahmoud Abbas así como de debilitar a Hamas y sus socios extremistas y de congelar los asentamientos ilegales construidos por Israel y evitar otras prácticas contrarias al derecho internacional. El Estatuto de Roma puede por ende convertirse en un factor importante no solo para contener los peores excesos de violencia perpetrados por unos u otros sino también en un auxiliar para reiniciar las negociaciones de paz entre ambas partes.
Sorprendentemente, algunos de los nueve países que votaron en contra de la resolución adoptada por la Asamblea General, así como de los 41 que se abstuvieron, pretendieron exigirle a Palestina renunciar a la posibilidad de acceder a la Corte, en abierta violación de la Convención de Viena sobre el Derecho de Tratados (1969) al realizar actos contrarios al propósito de un tratado (Estatuto de Roma) que han suscrito (Estados Unidos) o ratificado (Reino Unido), e incluso en abierta violación del propio Estatuto de Roma (Reino Unido).
Uno de estos países tuvo reparo alguno en exigirle tal renuncia a Palestina sin siquiera solicitarle a Israel renunciar a su desuscripción del Estatuto de Roma (compartida en la actualidad solo con Sudán), permitiéndole actuar en contra de los principios del mismo. Si tomamos en cuenta que la Corte Penal Internacional es la heredera de los tribunales de Nuremberg instaurados después del holocausto, tenemos una sorprendente contradicción: Israel buscando abstraerse a toda costa, con el apoyo de unos pocos acérrimos aliados, de la jurisdicción de la corte del “nunca jamás”.
La presente nota fue publicada en la edición del 3/12/2012 de Cambio Político. y de Costa Rica Hoy, así como en la edición del 4/11/2012 de Informatico y de elpais.cr. De igual modo en La Nación el 15/12/2012.
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