Diciembre 2014
Lo que
sucede en México. Una interpretación distinta
MÉXICO:
CRISIS DE SEGURIDAD Y DE LEGITIMIDAD POLÍTICA. LOS ESTRAGOS DE
UN PARADIGMA FRACASADO.
Un
Gobierno sin soluciones de fondo
JORGE
RETANA YARTO*
A LOS
MILES Y MILES DE MUERTOS, DESAPARECIDOS, REPRIMIDOS, ENCARCELADOS Y
DESPLAZADOS Y A TODOS SUS FAMILIARES, POR LA GUERRA MÁS
ESTÚPIDA QUE PUDO SUCEDER EN MÉXICO.
“La
política tiene la responsabilidad de evitar aquello que se
teme”,
Frank-Walter
Steinmeier, Ministro de Exteriores de Alemania.
No es
necesario plantear una especie de balance del año que concluye
(2014) del gobierno de Enrique Peña Nieto, menos aún en
el rubro de seguridad, que ha sido pésimo, desastroso. Los
triunfos que le dieron sus correligionarios mayoritarios en el
Congreso mexicano, más sus aliados de conveniencia o coyuntura
como el Partido Acción Nacional (PAN) y un grupo mayoritario
del Partido de la Revolución Democrática (PRD) sobre
las largamente esperadas “Reformas
Estructurales”
(vía para el cambio y el crecimiento, se dijo) anheladas por
la comunidad nacional e internacional de inversionistas y por los
gobiernos de EUA, quedaron sepultadas bajo toneladas de fango que
cayeron sobre sus espaldas por el caso que ha ocupado el último
cuatrimestre en la política mexicana y en la prensa mundial
sobre México: la desaparición
forzada
de los 43 jóvenes en Iguala, municipio del Estado de Guerrero.
Dicha
condición altamente negativa se profundizó, por la
investigación periodística de medios mexicanos en
cuanto a una casa (llamada periodísticamente “La Casa
Blanca”) de $7.0 millones de USD (a pesar de que se ha
afirmado, fue comprada por la esposa del Presidente EPN antes de
casarse con él, a través de un crédito otorgado
por la misma empresa) propiedad de un grupo constructor en México
(Grupo HIGA), a través de una de sus filiales, llamada
“Ingeniería
Inmobiliaria del Centro S.A. de C.V.
”, que ha recibido grandes y fabulosos contratos del gobierno
de EPN, cuando éste fue Gobernador del Estado de México
y luego Presidente de la República (se han estimado el $8,800
millones de pesos, unos $800 millones de USD, aproximadamente), la
cual estaba también entre el consorcio ganador de la concesión
para construir el tren rápido de la Ciudad de México al
Estado de Querétaro, el cual encabezó “China
Railway Construction Corp Ltd”,
por $3,000 millones de USD (decisión que finalmente fue
revocada por el propio gobierno de EPN), más un jugosísimo
contrato para ampliar y remodelar el hangar presidencial en el
Aeropuerto de la Ciudad de México, este por $945 millones de
pesos, cerca de otros 80 millones de USD (a través de otra
empresa del Grupo HIGA llamada “Constructora
Teya S.A. de C.V.”),
todo lo cual, y cuyas explicaciones al respecto, no han sido
suficientemente
claras ni convincentes,
y han puesto a la familia presidencial ante un “conflicto
de intereses”,
salvo que se evidencie claramente un caso de peculado y corrupción
abierta. Además, sólo 3.3 de cada 10 mexicanos aceptan
su gestión, según los últimos estudios de
opinión. La reversión
de
esta situación debía ser una prioridad
estratégica
de su gobierno efectuando todos los cambios imperativos. No es el
caso.
1.
Diagnóstico sobre la Crisis de Seguridad y Legitimidad en
México.
No todo
Estado por rigurosa definición, es
un Estado de Derecho.
Ni toda existencia de una Constitución es por definición
un orden
constitucional vigente.
Tampoco, ningún gobierno incapaz de darle vigencia plena y
constante al Estado de Derecho,
puede llamarse un
“gobierno
democrático”.
En nuestros días, el crimen transnacional organizado como
mafia, es un tema
social y político central de la seguridad en tanto ésta
lo es de la gobernanza,
no sólo de la seguridad, aisladamente,
como se quiere ver y abordar reiteradamente el tema desde una visión
limitada y autoritaria,
al estar vinculado a la gobernanza, a la democracia, al orden
jurídico y al bienestar social.
Una
enorme verdad comprobada en estudios de especialistas académicos
y de la propia ONU, es que un Estado que incuba regímenes
políticos altamente corruptos y autoritarios, en donde la
ocupación de altos cargos directivos en las instituciones del
Estado pasan a ser mecanismos
de acumulación originaria o de reproducción ampliada de
la riqueza personal y de grupos facciosos
vía el peculado, la desviación de recursos públicos,
el “contratismo
de compadres”,
las prebendas económicas y otras decenas de fórmulas
del pillaje masivo de los recursos públicos, ve crecer
exponencialmente al crimen transnacional organizado como mafia y a
una velocidad vertiginosa,
bajo el cobijo de las subestructuras
criminales asociadas,
formadas por organizaciones delictivas, grupos de funcionarios
públicos y empresas privadas. Sin ello, es explicable su
existencia inicial, su razón de ser, pero
no su empoderamiento mayúsculo, político, financiero y
paramilitar.
Es el caso de México, sus gobiernos y de otros muchos Estados.
Si el
crimen transnacional organizado es un tema de la seguridad
nacional
–como se empieza a reconocer públicamente con claridad y
precisión- la
corrupción lo es también.
Hay autores como Jürguen Roth que acuñaron el concepto de
“Mafias
de Estado”,
y no es causal que el subtítulo de su libro sea: “Cómo
cooperan los Estados de Occidente con la mafia del narcotráfico”.
Uno de sus capítulos se titula “Muerte
en el país de los mariachis”.
Se trata de grupos
parasitarios y criminales del aparato público y la empresa
privada que hacen del Estado un medio e instrumento para su
criminalidad asociada
con
fines de enriquecimiento.
En
México, como en otros países, tenemos que entrar a un
amplio debate nacional para reconstruir
las capacidades del Estado en materia de seguridad
(entre otras), y por tanto, de
gobernanza democrática,
como una imperiosa
necesidad de la convivencia social.
Es decir, para estar en posibilidad de controlar
todo el territorio nacional, garantizar la seguridad de sus
ciudadanos, mantener el mandato constitucional y el orden
institucional interno, la autodeterminación nacional y prestar
los servicios públicos necesarios a la población,
garantizando la seguridad humana plena, todo lo cual, se ha venido
trastocando y hoy se encuentra en grave crisis.
Son muy
ilustrativas algunas de las conclusiones formuladas por la “Cumbre
Mundial de 2005”
convocada por la ONU para discutir el impacto del crimen
transnacional organizado, en la paz social, la seguridad y el
desarrollo:
“(…)
las áreas de gobernanza democrática, seguridad y crimen
organizado si bien están claramente diferenciadas son amplias
y multifacéticas en sí mismas, y aún más
complejas cuando se debaten como cuestiones interrelacionadas. Todas
ofrecen enormes campos para la investigación y la acción
política y requieren análisis detallados. Sin embargo,
hubo consenso acerca de que si los gobiernos nacionales y la
comunidad internacional quieren tener éxito en el diseño
de estrategias para enfrentar el crimen organizado, éstas
deben reconocer la interrelación entre desarrollo, gobernanza
democrática y seguridad.”
Mi tesis
es que el tema de la criminalidad transnacional organizada en México
como mafias, es la problemática
principal de nuestro país,
por ser ella síntesis,
materia condensada, de otras tantas determinaciones
radicadas en el fallido modelo económico-social de desarrollo,
de las profundas desigualdades regionales, del accidentado proceso de
transición política hacia la conquista de mayores
espacios de democracia –hoy, con retrocesos importantes- y de
la subordinación política estratégica e
ideológica de los últimos gobiernos mexicanos (de los
partidos PRI y PAN), protagonistas de las administraciones
sexenales incondicionales
a los dictados de la Casa Blanca, del Departamento de Estado y del
Pentágono de los EUA, de unos 24 años a la fecha.
Todo
ello, subsume
la problemática desbordada de seguridad
que hoy transcurre en nuestro país que obstruye la gobernanza,
y es un error grave considerarlos como procesos
separados
uno de los otros, sin desvelar y abordar la matriz
estructural
que los imbrica, pero desde
nuevas concepciones y formulaciones político-sociales e
ideológicas.
2.
Conceptualización de la Coyuntura Actual
El
gobierno de Enrique Peña Nieto confronta hoy el más
severo cuestionamiento, nacional e internacional desde su asunción
al poder en diciembre de 2012, a partir de una triple
crisis:
de Seguridad Nacional en su variante de Seguridad Interior (SN-SI),
de Seguridad Humana (SH), conforme a los criterios que las
instituciones del sistema multilateral ofrecen al respecto
(especialmente la ONU), y de los cuales México es signatario,
particularmente, en lo concerniente a la vigencia de los Derechos
Humanos, y como consecuencia de ambas, una fuerte
crisis de legitimidad
(CL) del régimen actual.
Vista en
su conjunto, esta crisis mexicana de Seguridad y Legitimidad es una
crisis de la incapacidad
del Estado mexicano para imponer la vigencia del régimen
constitucional, en todo el territorio nacional, con sus atributos de
libertad, protección de libertades, estabilidad social,
soberanía, promoción y defensa de los derechos humanos.
Y ello es
así, por el inmenso
impacto que ha tenido y tiene
el crimen transnacional organizado como mafia en las estructuras del
Estado mexicano,
organizaciones que socavan su capacidad y habilidad para proveer
servicios (sobre todo de seguridad), proteger a las personas y sus
bienes, preservar la estabilidad social e institucional, sostener la
confianza y el consenso, así como el respaldo de los
ciudadanos al gobierno, manteniendo los espacios de democracia
ganados y aplicando el orden legal en todo el país, lo cual
repercute en el debilitamiento de las funciones de gobernanza
constitucional, consustanciales al Estado mismo.
3.-
Los Tipos de Seguridad, Atributos Constitucionales del Estado
Nacional
En
México, las agendas de seguridad pública y seguridad
nacional se han homologado, confundido,
y se hallan sobrepuestas la una como equivalente a la otra.
Para superar ese híbrido
conceptual y práctico erróneo y lesivo,
es necesario definir
y delimitar los fenómenos propios de cada tema
precisando así las conceptualizaciones.
En
esencia, por
Seguridad
Pública
se entiende a
las instituciones del Estado encargadas de salvaguardar la integridad
física de las personas, sus derechos y sus bienes, así
como garantizar el orden y la paz pública, en
estrecha concordancia con el aparato de justicia.
La
última reforma habida a la Ley
General del Sistema Nacional de Seguridad Pública,
fue en dos sentidos fundamentales: derogar
las fracciones III y IV, para que los secretarios de Defensa y de
Marina no sean integrantes del Consejo Nacional de Seguridad Pública,
al referir que la Constitución señala que “las
Instituciones de Seguridad Pública serán de carácter
civil”. También
incorporó en el Artículo 16 el concepto de prevención
social del delito, "como
una modalidad de prevención mucho más amplia y profunda
que la prevención de delitos en momentos y circunstancias
específicas". En suma, la
intervención de las instituciones armadas mencionadas en
funciones de seguridad pública, deben ser jurídicamente
establecidas porque no parte de su materia constitucional, ampliando
también el concepto de prevención en materia de
seguridad.
Por
su parte, cuando hablamos de la Seguridad
Nacional
nos referimos a una
condición del Estado como garante y ejercitante de la
Soberanía Nacional, del marco de libertades y de la Autonomía
frente al exterior, es decir, de la consecución de los fines
nacionales (proyecto nacional le llaman algunos analistas), más
todos los atributos que de manera excluyente le otorga la
Constitución Política al Estado y sus instituciones,
para cuyo ejercicio es indispensable mantener la estabilidad, la
integridad y la permanencia del Estado,
objetivos para los que está facultado legalmente a ejercer
todas
las potestades que posee.
En este tenor de conceptos, la Seguridad
Interior es una variante de ella.
En
México existió durante mucho tiempo, no propiamente la
confusión conceptual y práctica, sobre los tres tipos
de seguridad antes expuestos (en realidad, dos), sino, una severa
deformación intencionada con fines políticos: la
concepción de la Seguridad Nacional como seguridad del grupo
en el poder, como seguridad del régimen en turno,
no como la preservación
del poder del Estado Nacional,
representante de toda la sociedad, sino como protección
del grupo en el poder para su permanencia inalterada
en el mismo:
“ (…)
el primer
antecedente de la existencia de un mecanismo de Seguridad Nacional,
lo fue el Departamento Confidencial creado en el año de 1929;
mismo que en el año de 1938 pasó a ser la Oficina de
Información Política y en 1942 el Departamento de
Investigación Política y Social. Estas dependencias
tuvieron como finalidad la obtención de información
sobre actividades de grupos considerados disidentes a
la política oficial. Entre ellos, se catalogaron a sindicatos,
profesores, alumnos, intelectuales, etcétera.
El
momento más álgido de la Seguridad Nacional en nuestro
país, lo encontramos en el año de 1941, cuando el
entonces Presidente de la República, General Manuel Ávila
Camacho, envió una iniciativa al Congreso de la Unión,
que adicionaba el delito de espionaje en tiempos de paz y creaba, en
el artículo 145 del Código Penal, el tristemente
célebre delito de disolución
social”,
el cual en sustancia señalaba:
“Se
perturba el orden público, cuando los actos determinados en el
párrafo anterior, tiendan a producir rebelión,
sedición, asonada o motín.
Se
afecta la Soberanía Nacional cuando dichos actos puedan poner
en peligro la integridad territorial de la República,
obstaculicen el funcionamiento de sus instituciones legítimas
o propaguen el desacato de parte de los nacionales mexicanos a sus
deberes cívicos. (….)
En
la década de los 70's, prolija en movimientos guerrilleros, se
creó la Dirección Federal de Seguridad, entre cuyas
funciones se encontraba la de analizar e informar de hechos
relacionados con la seguridad de la Nación. La policía
política llegó a su fin, cuando su Director, acusado de
narcotráfico por un valiente periodista, ordenó su
asesinato.”
(http://www.derechos.org/nizkor/doc/articulos/regino1.html).
Evidentemente,
el autor de la cita, Gabriel Regino (que ha ocupado cargos de
dirección policiaca), se refiere al caso del entonces director
de la Dirección Federal de Seguridad (DFS, dependiente de la
secretaría de gobernación y del Presidente de la
República, como poder Ejecutivo Federal) Antonio Zorrilla
Pérez, y al periodista ejecutado por órdenes de él,
Manuel Buendía (mayo de 1984), que fue uno más de los
episodios de la represión
criminal contra opositores políticos en México,
conocido como la “guerra
sucia”
(en sentido estricto, se siguen dando este tipo de episodios, hoy con
la participación del crimen transnacional). Por supuesto que
los militantes de la izquierda mexicana fueron los más
afectados, los masacrados, torturados y encarcelados, aunque no
exclusivamente ellos.
Tal
política, fue el equivalente mexicano de las doctrinas
de seguridad nacional
aplicadas por las dictaduras militares de América del sur,
Centroamérica y el Caribe, durante la “guerra
fría”,
que identificaba a todos los opositores a los gobiernos de derecha
autoritarios apoyados por EUA, como “agentes
del comunismo internacional”
susceptibles de eliminarse, desaparecerse o encarcelarse, periodo al
que también se denominó en Sur-América “guerra
sucia”.
Todo ello, tanto en México como en el resto del subcontinente
latinoamericano y del Caribe, por supuesto, a nombre de “la
democracia liberal, el capitalismo y el mundo libre”.
En
los dos casos (SP y SN), el Estado está constitucionalmente
facultado -y de manera especial- para ejercer el “monopolio
legítimo de la fuerza”,
la acción coercitiva a través de los cuerpos armados y
de todo el aparato judicial, ante las amenazas que se ciernan sobre
la materia de sus facultades para cada caso, y sobre los términos
de sus acciones de gobierno. Como observamos antes, en el primer tipo
de seguridad (SP), los
propósitos fundamentales de la acción del Estado son el
individuo, las familias, los bienes, dentro de la preservación
del marco del Derecho, del orden jurídico.
En el segundo caso (SN-SI), la acción fundamental se dirige a
proteger
constitucionalmente las potestades e instituciones supremas
establecidas para el mismo poder del Estado: la Soberanía,
la Autodeterminación, el orden constitucional, la estabilidad
social y su propia existencia.
Un
instrumento colateral a los dos grandes ordenamientos jurídicos
que norman los tipos de seguridad señalados (Ley
General del Sistema Nacional de Seguridad Pública
y la Ley
de Seguridad Nacional)
de gran valía, cuando una sociedad ha sido blanco de
violaciones reiteradas o masivas a todos esos derechos, es la
promulgación de
una Ley
General de Víctimas (aprobada
en abril de 2012 en México),
que obliga al Estado a otorgar asistencia, protección y
reparación a personas afectadas por la inseguridad.
Desde aquellas fechas, se volvió a mencionar la imperiosa
necesidad de establecer los Protocolos
de Actuación del Ejército
durante sus intervenciones armadas en los temas de la seguridad en
México. Su inexistencia, es una inmensa falla y un enorme
vacío. Este es un punto esencial a considerar en el caso de la
matanza de Tlatlaya, Estado de México, que protagonizaron una
serie de elementos del cuerpo militar ejecutando a 22 criminales que
se habían rendido.
Sin
embargo, el tercer tipo de seguridad mencionado y aplicable en el
ámbito de los Estados nacionales, es una especie de “nivel
de seguridad intermedia”
entre los otros dos tipos analizados, que es la Seguridad Interior
(SI), pero realmente, es una
variante
de la Seguridad Nacional, así definida en los ordenamientos
jurídicos del Estado mexicano: en el Programa de la Seguridad
Nacional 2014-2018, se la refiere como la:
“Condición
que proporciona el Estado mexicano para salvaguardar la seguridad de
sus ciudadanos y el desarrollo nacional mediante el mantenimiento del
Estado de Derecho y la gobernabilidad democrática en todo el
territorio nacional”, es decir, es “una función
política que (…) sienta las bases para el desarrollo
económico, social y cultural (…) permitiendo así
el mejoramiento de las condiciones de vida de la población”.
(p.58)
En
consecuencia, la SP
y la SI,
esta última como modalidad de la SN, se encuentran ampliamente
interrelacionadas,
pero determinan
en su materia de acción concreta, usos jurídicamente
diferenciados y ámbitos de incidencia distintos del poder del
Estado.
En la SN-SI
se hace atiende y hace frente a la agenda
de riesgos
–elaborada por el propio Estado- o a las amenazas
precisas
que pueden
vulnerar o vulneran el orden constitucional y sus instituciones
fundamentales como materia y atributos exclusivos del Estado.
En otros países se alude al fenómeno o situación
política de las vulneraciones a la
SI, como
“estado
de conmoción interna”,
que a diferencia de México, conlleva la suspensión de
las garantías individuales conforme a su normatividad jurídica
específica.
Esta
correlación
entre los tres tipos de seguridad (SP-SN-SI), son
el tema y las variables fundamentales y aplicables en los procesos de
la criminalidad transnacional en todo el territorio nacional,
pero especialmente, en los Estados de Michoacán, Estado de
México y Estado de Guerrero, para mencionar sólo a
ellos, pero sus demarcaciones conceptuales y jurídico-políticas
diferenciadas requieren de agudeza en la valoración de los
procesos y retos a la seguridad mexicana, potestad fundamental del
Estado. Lo afirmamos, dada la claridad del postulado en el antes
citado Programa de SN:
“(…)
la presencia de grupos criminales y otros actores armados no
estatales, en algunas zonas del país, se convirtió en
una amenaza que rebasó la capacidad de las autoridades
locales”
(p. 55) Regresaremos a ello, bajo los casos específicos.
Para
la conceptualización antes referida y sus efectos prácticos,
el Senado de México reformó la Ley
de Seguridad Nacional
y vinculó
la intervención de las fuerzas armadas mexicanas, bajo un
marco normativo determinado,
a la declaración probable del “estado
de afectación de la seguridad interior”.
Hasta
antes de la reforma, el Presidente de la República podía
disponer de las Fuerzas Armadas sin
que fuera necesario utilizar el mecanismo de suspensión de
garantías individuales
establecido excepcionalmente en el Artículo
29
de la Constitución. Ahora, con la reforma, lo podrá
seguir haciendo pero mediante un procedimiento
que da solidez jurídica
y, a su vez, establece controles
y límites a la actuación de las Fuerzas Armadas,
además, de que evita
decretar la suspensión de las libertades individuales. Estos
“límites
y controles”
suponíamos, habían quedado resguardados. El caso
Tlataya (Estado de México) los volvió letra
muerta.
Una
afectación
en la Seguridad Interior
(SI) se produce, según las nuevas disposiciones, cuando se
altera la paz, el orden público o la estabilidad interna de
una zona determinada del país
y, además, cuando quien solicita la intervención de la
totalidad de las fuerzas armadas puede
probar la gravedad del caso,
así como cuando, las
instituciones de seguridad pública no tengan la capacidad de
enfrentar la situación prevaleciente. Mucha
atención a este postulado de las enmiendas legales a la Ley de
Seguridad Nacional, porque debían normar jurídicamente,
las intervenciones del poder federal en Michoacán y Guerrero,
entre otros Estados de la República mexicana.
La
solicitud de intervención de las fuerzas armadas en tales
casos, la pueden hacer, los congresos locales, el propio gobernador o
los ayuntamientos por conducto de estos actores políticos
mencionados. Las solicitudes se harán ante el Consejo de
Seguridad Nacional, el cual deberá decidir si
existen las condiciones de afectación a la Seguridad Interior
para que se formule la
declaratoria legal.
Por su parte, el Senado de la República revisará la
legalidad de la petición y, finalmente, el Presidente emitirá
la declaratoria
correspondiente. El
Senado generará el seguimiento jurídico para su
cumplimiento. Un dato fundamental es la temporalidad finita de dicha
situación excepcional.
En
los ordenamientos legales, el proceso
constitucional mencionado,
tiene controles
y límites normativos
en cuanto a la intervención de las fuerzas armadas, y son los
siguientes: a) los
derechos humanos no se suspenden ni se restringen bajo ninguna
circunstancia;
b) la participación de las Fuerzas Armadas deberá tener
una temporalidad
definida,
un
ámbito geográfico delimitado y las acciones que se
lleven a cabo deberán ser determinadas; c) la afectación
no podrá ser declarada en asuntos de carácter laboral
ni en conflictos sociales, políticos o electorales;
d) se instaura un
Protocolo de Actuación,
para que los efectivos que participen utilicen los mismos signos de
identificación y, además, se sujeten a los principios
de racionalidad,
proporcionalidad, profesionalismo, honestidad y uso legítimo
de la fuerza.
Ahora
bien, la Seguridad
Humana
(SH) es una conceptualización
que se usó originalmente, desde la última década
del siglo XX, en el Programa de la ONU para el Desarrollo (PNUD),
apoyándose en la Declaración
Universal de los Derechos Humanos,
y otros instrumentos jurídicos de ámbito y jurisdicción
internacional, que replanteó
con una nueva valoración el tema de los Derechos Humanos en el
desarrollo nacional e internacional,
exaltando la necesidad
del ejercicio pleno
de 58 derechos, que comprenden ocho áreas sustanciales de la
vida pública, y que son, las seguridades: económica,
alimentaria, educativa, en materia de salud, ambiental, personal,
comunitaria y política. Todos sus componentes son
interdependientes.
Por
tanto, la SH
enfatiza las políticas de carácter preventivo por la
autoridad pública que pueden vulnerar los derechos humanos en
las áreas enunciadas, se trata también, de un enfoque
universal,
que demanda bloquear
a los actores públicos y no estatales que sean causantes
o impulsores de la inseguridad humana.
En suma, a diferencia de los otros tres tipos de seguridad
analizados, la SH
está centrada
en el ser humano y su comunidad,
y para su cabal realización, las instituciones del Estado y la
sociedad civil deben cooperar
con el objeto de que los sistemas judiciales (policías,
fiscalías, jueces, así como, el sistema penitenciario,
junto con las instituciones de salud, educación, trabajo,
etc.) funcionen
con efectividad, salvaguardando y haciendo posible la SH.
Cuando
la criminalidad transnacional impone
una normatividad restrictiva y violenta
de cualquier tipo a una comunidad social, una renta criminal por
“protección”
o cualquier otro concepto, en un territorio que controla, cualquiera
que sea su dimensión efectiva, o cuando bloquea el acceso a
caminos, cuando mata y secuestra, allí en donde ha rebasado
a la autoridad de las instituciones públicas de seguridad,
está afectando
severamente el ejercicio de los derechos humanos,
la SH,
y si este fenómeno se extiende por varias regiones del país
(distintos municipios que ya suman centenas), entendemos con toda
pertinencia, que estamos
en presencia de una crisis de Seguridad Humana, entrelazada a una
crisis de la Seguridad Interior, modalidad de la Seguridad Nacional.
4.
Crisis de Seguridad Nacional y de Seguridad Humana
México
vive una crisis de Seguridad Nacional (en tanto la Seguridad Interior
es una variante de la misma) y de Seguridad Humana.
El crimen transnacional organizado como mafia ha puesto en tela de
juicio el
control y predominio de los cuerpos armados e instituciones de
seguridad del Estado sobre el conjunto del territorio nacional y la
vigencia de los derechos humanos en la sociedad mexicana, en los tres
ámbitos de gobierno: federal, estatal y municipal.
Ello No
significa
que el crimen transnacional domine
tales instituciones coercitivas y de seguridad a nivel nacional,
que esté al mando de ellas (lo que implicaría un
completo
régimen criminal
como
sustancia del Estado actual ),
sino que le
disputa por medios armados dicho control, y frustra el cumplimiento
de las tareas encomendadas,
es decir, la
efectividad,
que debe acompañar a las fuerzas del Estado en la defensa y
resguardo de los atributos constitucionales que posee para cumplir
con los objetivos exclusivos del mismo en dichos ámbitos
socio-políticos, como son: preservar la integridad,
estabilidad y permanencia del Estado, el orden constitucional, las
condiciones básicas para la convivencia y el desarrollo social
y la plena vigencia de los Derechos Humanos.
En los
casos de Michoacán, Guerrero, Estado de México,
Tamaulipas, Coahuila, etc. en los municipios afectados, los cuerpos
armados, municipales y estatales, han
fracasado en su intento de restablecer la institucionalidad del
Estado,
el respeto y acatamiento generalizado del orden jurídico
consagrado por el propio Estado, y la vigencia de los derechos
humanos, conforme a su propia Carta Magna y a los compromisos
internacionales suscritos por México, porque tales fuerzas
coercitivas locales o estatales, han sido neutralizadas,
penetradas o dominadas por la criminalidad transnacional que actúa
en México.
Se acude entonces a las fuerzas federales, policías y
ejército, para recomponer
la dinámica institucional, el orden constitucional vulnerado,
y la vigencia de los derechos humanos nulificados.
Esta
doble
crisis de seguridad,
corrobora un trayecto histórico:
la relación inversamente proporcional entre la seguridad del
Estado y la seguridad de los particulares
(en el sentido más amplio, como protección para el
disfrute de libertades y el ejercicio de sus derechos) con quiénes
el propio Estado tiene un pacto social constitucional. Es decir, la
ampliación de los márgenes de la seguridad nacional de
la que es depositario el Estado, corría siempre en detrimento
de la seguridad humana (aunque la conceptualización como tal
no existiera aún), en contra del goce de libertades y
derechos, en la medida en que éstos se ampliarán
(aunque, no hay derechos ilimitados). Dicha dicotomía, se ha
expresado en ciclos amplios de luchas en uno y otro sentido desde el
desarrollo contemporáneo del Estado Moderno. Las transiciones
a la democracia, desde regímenes políticos autoritarios
o abiertamente dictatoriales, han constituido la ampliación
sin precedentes del espacio de la libertad humana en detrimento de la
seguridad de los gobiernos en turno (ésta tampoco existe
ilimitadamente), como característica común,
circunscribiéndose esta última, a la seguridad del
Estado como conjunto institucional constitucional, no a la del
régimen político, porque en los regímenes de
excepción, de fuerza, se fundían la una con la otra de
manera aberrante.
Sin
embargo, la irrupción de la criminalidad transnacional
organizada como mafia, alteró
los términos de la ecuación histórica
al convertirse, en su avance dentro de nuestro país (y de
otros muchos), en un poder
fáctico de nuevo tipo
(por su origen delictivo), en
un poder paralelo al Estado, cuyo accionar y progresivo
empoderamiento -sin que el Estado y sus instituciones coercitivas
hayan podido hasta hoy impedirlo-, ha colapsado ambas seguridades,
la propia del Estado (la SN en su variante de SI) y la SH (el goce de
libertades, la protección y el ejercicio de sus derechos
constitucionalmente consagrados y los estipulados en los
ordenamientos multilaterales).
El avance criminal, su máximo robustecimiento como poder
fáctico de nuevo tipo
por la vía armada, se ha producido en
contra y a costa de ambos actores
que protagonizan la dicotomía histórica referida
(Estado y sociedad civil). Pero también,
del monopolio legítimo de la violencia, otra potestad
exclusiva del Estado,
otorgada por el pacto social para garantizar y defender ambos tipos
de seguridades, y otros órdenes sociales, lo cual ha sido
quebrantado
por las organizaciones mafiosas
que operan dentro de México, articuladas a grupos de la mafia
transnacional.
Cuando la
criminalidad transnacional organizada se empodera en un grado
relevante,
vulnera
ambas por igual y favorece solamente su propia causa criminal,
destructiva
del orden jurídico-social e institucional constituido,
afectando de igual manera, la SP,
la SH
y la SN-SI.
Es decir, afecta
a todos,
aunque asimétricamente
respecto a cada nivel del poder, del gobierno, grupo social y porción
del territorio nacional.
Cuando la fuerza criminal actúa mediante
o a través de la fuerza armada o de alguna institución
pública,
los crímenes que se cometen tienen
la abierta responsabilidad y complicidad de tales espacios
específicos del Estado,
por
iniciativa propia, por connivencia, por cooptación o dominio,
incluso, por impotencia,
pero las causalidades
específicas
quedan en segundo término, ante el hecho
mayor de la responsabilidad estatal
ante los hechos.
La
responsabilidad
fundamental
recae en las instituciones del Estado, en su dimensión
federal, de quienes dependen
los órdenes estatales y locales,
en
última instancia,
pero en la búsqueda de políticas y medidas de
rectificación
o reparación,
y establecimiento
de nuevos controles,
Sí
cuentan,
entonces, las
causales que originaron el problema,
porque deben
tomarse en cuenta para la aplicación de los correctivos
necesarios, para la rehechura del entorno socio-institucional.
La
problemática es muy compleja, pero la
línea democrática,
sin ningún género de dudas, debe
ser y es,
el
fortalecimiento de la Seguridad Humana y la participación de
la ciudadanía organizada, desde la propia sociedad civil, en
la seguridad del Estado,
como Estado Nacional, ampliando,
en este sentido, el pacto social fundante,
o
modificándolo,
en
la forma, términos y con los medios que democráticamente
se decidan, y que exija la problemática social ligada a la
propia criminalidad transnacional.
En caso contrario, la sociedad agobiada por la criminalidad
transnacional, se auto
organiza de la manera que considera más conveniente y efectiva
conforme sus necesidades y prioridades.
Es el caso de las autodefensas armadas, una forma
participativa y organizativa de excepción.
El tema
relativo al orden jurídico, en estas últimas
circunstancias inéditas, para los grupos sociales
extremadamente
afectados,
pasa
a segundo plano,
y como en el caso de Michoacán, los
grupos sociales se convierten, en estricto sentido, en
otro
poder fáctico que debilita aún más el orden
normativo y las instituciones del Estado
a cargo del mismo, a pesar de que sus
objetivos
sean
restauradores del orden constitucional perdido,
pero coyunturalmente,
repercuten en un debilitamiento sin precedentes del propio
Estado-Nación en una región o localidad determinada del
territorio nacional, es decir, en uno de sus espacios constitutivos.
5. El
Dominio Ideológico Cultural de EUA sobre el tema de la
Seguridad Anti-crimen
Existe un
factor
de poder fundamental
presente e insoslayable, como es el dominio
ideológico-cultural,
es decir, la hegemonía
política,
expresada en las conceptualizaciones del tipo “guerra
contra las drogas”
y “estrategia
anticrimen”,
ambas, parte
integral
de la llamada “política
de control estratégico”
construida en los organismos multilaterales por las grandes potencias
occidentales con EUA al frente, y que en su desarrollo
histórico a lo largo del siglo XX devino
en un paradigma
cuya
esencia es el “prohibicionismo”,
la “criminalización”
y la “militarización”
de las políticas de guerra por parte de los cuerpos
coercitivos del Estado con las organizaciones transnacionales del
crimen, como los ejes
estratégicos
generalizados. Pero no ha triunfado realmente en ninguna parte del
mundo, lo que es evidente y unánimemente aceptado. No olvidar
que en Iberoamérica, tal guerra inició oficialmente con
la invasión a Panamá (1989).
Por lo
tanto, la vigencia de dicho paradigma
actualmente es esencialmente
ideológico-cultural, hegemónico,
de ninguna manera, por efectividad
o triunfo frente al problema que aborda,
y ello, a pesar de que el “Zar Antidrogas” de EUA ofreció
en mayo de 2012 “un
cambio de paradigma”
como nuevo
eje de la política antidrogas regionalmente.
En Europa predomina un paradigma llamado “preventivo”
que norma las políticas al respecto. Ninguno ofrece resultados
de corto plazo, y se ha creído absurdamente que ellos
sólo los garantiza el combate militar.
Por su parte, la OEA abrió durante una sesión de junio
de 2013 en Guatemala, un debate para la
búsqueda de estrategias alternativas
para el trasiego de estupefacientes prohibidos en la región,
ante el fracaso de la estrategia aún vigente. De manera que
iniciativas del perfil enunciado estarían en consonancia con
tal dinámica regional en sus segmentos políticos más
avanzados.
Cualquier
análisis socio-político debe contar, explícita
o implícitamente,
con la presencia
de la ideología
como un factor
que define
colectivos sociales y como
uno de los factores de poder en juego,
es decir, de
dominación de unos grupos sociales sobre otros.
Regularmente el poder
ideológico
dominante
es proyectado desde el Estado y su sistema político, así
como desde la sociedad civil, una vez que el grupo social que detenta
el poder, lo ejerce, expresándose
como discurso ideológico dominante
por parte de quienes están al mando del Estado y sus
instancias de poder (instituciones), siempre apoyándose en
dicha ideología
dominante.
En el
caso de la “guerra
contra las drogas”,
del “combate
y estrategia anti-crimen”,
para definirlos como postulados
y creencias que son
expresión de una ideología
falsificada,
encubridora y engañosa respecto de dicha problemática,
y no es difícil probar que distorsionan
la realidad que pretenden expresar e interpretar,
no porque ella no exista, sino porque los términos sociales en
que la presentan y abordan para su eventual solución, cumple
así una función
socialmente definida en dos grandes sentidos:
como vertiente
de una ideología y de un discurso político dominante
(dentro de nuestro país y en las relaciones de él con
las naciones y Estados de la región y de otras regiones); y en
la geopolítica del poder hegemónico
global (EUA), como una pieza dentro
de una geo estrategia de dominio político a
través de diferentes ramificaciones.
La
política
estratégica
que se puso en práctica hace décadas desde
la multilateralidad,
la regionalidad
y la bilateralidad política
(tantas reuniones de la ONU sobre el tema), y sobre la
criminalización
de las drogas,
se transformó en paradigma,
en un modelo
de análisis, de interpretación, de búsqueda de
soluciones comunes por la masa crítica de especialistas que
abordaron el fenómeno, y se integró entonces,
como parte
de la ideología y del discurso político dominante,
igualmente, como puntal
de la geopolítica hegemónica,
legitimándose
y reforzándose
en la importancia
estratégica
que ha tenido para la sociedad internacional esa problemática,
severa para una gran cantidad de Estados en su praxis y estrategias
políticas.
En
consecuencia, el discurso
ideológico y político dominante
sobre “la
guerra contra las drogas”,
se encuentra camuflado
bajo tres
apariencias engañosas y falsificadas:
el ser producto
del análisis objetivo
y científico de la realidad social en la materia; el no
poseer alternativas interpretativas,
de
análisis ni de praxis social;
y ser un
planteamiento de neutralidad política
(sin dimensión geopolítica y geoestratégica,
fuera de un marco de relaciones internacionales en donde hay
asimetrías de poder, y por tanto, distintos grados de
dominación en las relaciones entre Estados) porque lo único
que se persigue con las estrategias en vigor aplicadas es “combatir
un grave flagelo que ataca a la sociedad contemporánea”,
sin
que conlleve cargas políticas o de intereses de otra
naturaleza, sino sólo en
pro del “bien común”. Esto es a-histórico,
y falso ideológica y políticamente. Éste
es el nefasto rol actual de los consensos en esta temática.
En
contrario, asumir la filosofía
política del disenso
respecto del problema conforma
una postura epistémica en donde pensar esta realidad social es
disentir,
romper
el consenso
para
avanzar en el conocimiento científico de la realidad social,
tal y como se presenta actualmente, no como estaba en la década
de los años 60, 70, 80 o a fines del siglo XX, sino, después
de transcurrida la primera década del siglo XXI. Es imperativo
poner en una nueva
consonancia
el objeto
de estudio con el pensamiento social y la teoría
que pueda surgir del mismo (y desde luego, la praxis social, las
políticas del Estado a manera de una estrategia de abordaje).
Por ello,
el planteamiento de “reducción
de los daños colaterales”
como eje de una posible política alternativa, es una postura
que no rompe, sino refuerza y justifica el dominio
ideológico-político de la concepción actual
fallida, ofrece una variante, algo parecido a un “consenso
crítico”
en torno a la criminalidad transnacional y al comercio ilícito
de drogas, encubre
la brutalidad alcanzada
por las políticas públicas formuladas y el costo social
de las mismas, y sus magros resultados. Una razón de
costo-beneficio elemental lo revela abrumadoramente.
La
legalización de la producción y la venta de una de
tales sustancias (la cannabis)
representaría un avance
pequeño, significativo,
toda vez que el problema de las drogas comerciadas ilegalmente está
ligado estrechamente a la criminalidad transnacional organizada como
mafia que es su soporte, representando en ese contexto, una
parte mínima de la problemática general que se
confronta,
por tanto,
sin ruptura aún con la ideología dominante,
que
comprende la totalidad del problema real,
pero sí, tomando ya cierta distancia de la misma en su forma
más integral, completa. Tan es así, que 23 Estados de
la propia Unión Americana están despenalizando su
producción y comercio con distintos objetivos: recreativos, de
salud pública, etc., cuando en la mayoría de las
regiones del planeta sigue criminalizada, particularmente en México.
El gran
ausente
es, en este sentido entonces, el paradigma
alternativo
que habría representado ya
la ruptura con la dominación ideologizada de la problemática,
la contra-hegemonía.
Ante esta ausencia inmensa, se buscan variantes
dentro del mismo campo de dominio ideológico,
o tenues medidas como la despenalización de la producción
y el comercio muy limitadas que golpean el modelo prohibicionista,
pero lo dejan, prácticamente incólume.
Por
ende, el combate ideológico con claridad, precisión y
razones fundadas y suficientes, no solamente esgrimiendo postulados
de salud pública, mercado, derechos humanos y datos clínicos
(vertientes discursivas que predominan) debe comprender todos los
usos que ha tenido y posee hoy (geopolíticos, económicos,
estratégicos, militares, de injerencia y dominio en y de otros
Estados, de control social, etc.) esta falsificación
ideológica en manos de las potencias occidentales bajo
liderazgo de EUA, históricamente y en la actualidad, por lo
que dicho combate debe intensificarse en paralelo a cualquier
iniciativa por pequeña que sea, en el sentido desmitificador.
Es decir, legitimar
ampliamente el disenso al respecto
como valor socio-político, filosófico y cultural para
hacer avanzar a la sociedad y reducir los enormes y brutales costos
impuestos por un paradigma fallido.
Un
analista, desde la perspectiva militar de EUA, como Joseph S. Nye
Jr., ex subsecretario de defensa, precisa las fortalezas de EUA en la
política mundial:
“El
poder militar y el poder económico son ejemplos de poder duro,
del poder de mando que puede emplearse para inducir a terceros a
cambiar de postura. El poder duro puede basarse en incentivos
(zanahorias) o amenazas (palos). Pero también hay una forma
indirecta de ejercer el poder. Un país puede obtener los
resultados que desea… porque otros países quieren
seguir su estela, admirando sus valores, emulando su ejemplo,
aspirando a su nivel de prosperidad y apertura (…) es lo que
yo llamo poder blando. Más que coaccionar, absorbe a
terceros….La capacidad de marcar preferencias tiende a
asociarse con resortes intangibles como la cultura, una ideología
y unas instituciones atractivas”
(2003:16) Finalmente, ambos se refuerzan y retroalimentan.
En
consecuencia, este poder
ideológico y cultural
o “poder
blando”
de EUA en concreto, se ha impuesto en temas económicos y
político-sociales muy diversos (hoy tenemos otro caso en
México, el modelo
de explotación de los recursos energéticos),
pero en específico, es el caso del tema de la criminalidad
transnacional organizada como mafia y el comercio mundial ilícito
de drogas. Son sus
concepciones, instituciones y políticas las que predominan a
nivel regional y global.
Esto es parte
de su hegemonía,
de su
dominio de la política mundial, de las instituciones
multilaterales y regionales, de las relaciones bilaterales, aunque en
un proceso histórico de poder descendente.
En México, el predominio de su “poder
blando”
(la influencia del “american
way of life”)
es
apabullante
(aunque con tramos
históricos de resistencia,
que son ejemplo nacional), y en los temas criminales apenas crecen
posturas diversas, aunque hemos probado y seguimos probando también,
su enorme “poder
duro”
en distintos momentos mediante sus grandes corporaciones
empresariales, sus policías, agentes y ejércitos. Somos
un “país
absorbido”,
como diría Joseph S. Nye Jr. Así
entonces, estamos en una realidad
muy adversa los mexicanos,
pero de raíz, falsificada
ideológicamente,
de la cual se puede y debe salir, generando
la contra-hegemonía ideológica y cultural,
primero.
Así,
el objetivo
estratégico
para EUA ha pasado a ser el controlar
en la mayor medida de lo posible (y en México avanzó ya
mucho) la política de seguridad del Estado y los organismos
nacionales abocados a ello, en lo particular,
manteniendo de esta forma, un uso
geopolítico y geoestratégico del tema, dentro de cuyo
contexto bilateral se encuentra hoy como piedra angular la
“Iniciativa Mérida”
(IM), expresión contemporánea de la “cooperación
bilateral”
en la “guerra
contra las drogas”.
Fracasada también. Lo dice reiteradamente hasta el Senado de
los EUA. La nueva orientación estratégica para México
es la sustitución de la IM por un “Plan
de Contrainsurgencia”.
Gravísimo.
Un
nuevo paradigma
debe tener tres
ejes estratégicos:
su carácter
preventivo,
no sólo en términos de salud pública, sino como
enfoque dominante al conjunto
del sistema socio-cultural e institucional (sistema educativo,
patrones culturales, valores sociales, etc.);
la vigencia
plena de la Seguridad Humana (SH), entendida integralmente,
es decir, todos los derechos humanos y el ejercicio de las libertades
constitucionales; y la participación
de la ciudadanía en las tareas de la seguridad al
interior de las comunidades, de los grupos sociales. Es decir,
desprendiendo
la vinculación orgánica inversamente proporcional
que tienen hoy la SN y la SH por la vía de la criminalización
y la militarización.
6. Los
Casos de Michoacán, Tlatlaya e Iguala: la Crisis de la
Seguridad Interior
6.1
Hay varios Estados de la República en donde el crimen
transnacional organizado como mafia ha avanzado
considerablemente,
y al nivel de todo el territorio nacional de la República,
igualmente, pero Michoacán es el primer
Estado de la Federación
en donde el
poder paraestatal, el poder fáctico de nuevo tipo por su
origen criminal, prácticamente sometió y tomó la
administración pública, el Poder Ejecutivo, y anuló
a los otros dos poderes (legislativo y judicial) bajo su lógica
e intereses para el acrecentamiento de sus objetivos criminales.
Se instaló
por la vía fáctica, mediante la violencia armada y la
incapacidad, connivencia y cuasi-complacencia de la autoridad pública
estatal y federal, como el poder fundamental en el Estado, en la
región.
Hubo que crear otro
poder armado paralelo,
no
estatal, ciudadano, para enfrentarlo y contrapesarlo:
las autodefensas y policías comunitarias, particularmente en
toda la llamada Tierra Caliente del Estado.
La
autoridad pública estatal, entonces, quedó
reducida a añicos,
a polvo. Así, los dos grandes
poderes paralelos sobrepasaron al Estado y privó en su
territorio, otrora soberano y federado, la lógica de su
enfrentamiento militar.
El tema
fundamental
en Michoacán, era y es, ordenar
y poner nuevamente en concordancia constitucional los distintos tipos
de seguridad gravemente afectados por la acción criminal.
Por
tanto, se
pusieron en disputa:
la
soberanía perdida del Estado
(control territorial, flujos económicos lícitos, orden
legal, capacidad de gobernanza), regionalmente hablando, la
legalidad e institucionalidad del mismo y el control del poder
político y la recuperación de los poderes públicos
arrebatados,
como precondiciones para terminar con el sometimiento de la
población, de la apropiación ilícita de sus
bienes privados y del erario público, de la disposición
de sus vidas y de la ocupación del espacio público,
todo, impuesto
desde la óptica criminal;
así como, se jugaba también, la
recuperación de la convivencia sujeta a las normas jurídicas,
la restitución del soberano estatal al frente de las
instituciones, del control de los recursos naturales para su
desarrollo, y la protección a sus bienes y personas desde el
poder público. Una grave Crisis de Seguridad en todas sus
vertientes constitucionalmente establecidas.
La
recaptura
del poder político y la limpieza a fondo de la criminalidad
constituida
en poder social ilegítimo e ilegal, que
había arrebatado
sus atributos al poder público,
era precondición
desde las Autodefensas
para que, en una etapa posterior, la autoridad constitucional
cumpliera
con el mandato de ley
de ofrecer seguridad, tranquilidad y protección pública
a la población asentada en el Estado. Era la
gran tarea,
el objetivo
estratégico desde
la óptica de la auto
organización ciudadana armada y no estatal.
Sigue siendo cierto que la
guerra es la continuación de la política por otros
medios.
Todo lo
anterior es tan verídico, que en
la lógica de otra imposición,
ahora
desde el Ejecutivo Federal,
se
retomó, primero, el control del poder político del
Estado mediante la figura del Comisionado Federal,
y
para ello se puso en marcha conjuntamente y en acción, la
organización armada de la Federación,
la Policía Federal y el Ejército Federal, con lo cual,
se
contrapuso una nueva instancia de poder político y otra fuerza
militar a las existentes, ambas, para disputar a fondo a las dos
fuerzas contendientes (criminales y ciudadanas),el poder conquistado
por ellas y el monopolio de la violencia armada legítima.
Se
insiste desde el Poder Ejecutivo Federal en que todo lo sucedido en
Michoacán es
un tema principalmente de seguridad pública,
no creemos que haya confusión
conceptual, o jurídica-política,
No, porque tenemos claro que ello permite articular
la argumentación y fundamentación jurídica de
una decisión muy cuestionada y relevante
para la República y el Pacto Federal, para la Soberanía
que detentan los diferentes Estados que integran la República
Federal Mexicana, es decir, hay una conveniencia
política precisa y manifiesta
para
facilitar social y mediáticamente el manejo preconcebido.
Lo
afirmamos, adicionalmente, porque en el Programa
para la Seguridad Nacional 2014-2018,
como documento
rector en la materia,
presentado justamente por el Secretario de Gobernación, y sin
que nos quepa duda de que la alusión hecha en él,
cuadra perfectamente bien con el caso del Estado de Michoacán
que estamos analizando, en el párrafo siguiente que citamos,
en donde se pondera que:
“(…)
la
actuación del crimen organizado en ciertas regiones de nuestro
país, dejó de ser un fenómeno vinculado con el
mantenimiento de la Seguridad Pública, para convertirse en un
tema de Seguridad Interior. Esta circunstancia demandó la
intervención decidida del Gobierno de la República en
aquellos estados y municipios donde la población y las
instituciones de seguridad pública locales corrían el
riesgo de quedar a merced de los actores armados vinculados con el
crimen organizado”
(p. 55)
En
el Estado de Michoacán, no “corrían
el riego”
sino que la población y las instituciones quedaron a merced de
los “Caballeros
Templarios”.
Entonces, estamos ante una decisión del gobierno actual, no
sólo de orden
conceptual y socio-política,
sino de carácter
jurídico
muy importante, traducida en una estrategia
de intervención,
que hizo
a un lado todos los ordenamientos legales comentados,
ya que, los
términos de la construcción jurídica
para proceder en Michoacán, como el caso de una emergencia
en torno a la Seguridad Pública
en un Estado de la Federación, es claramente
distinta
conforme al caso de una
situación extrema que atañe a la Seguridad Interior.
Es
decir, en Michoacán, un
problema de Seguridad Pública
(función de la Federación, Estados y Municipios, según
el Art. 21 constitucional) devino en una variante de otro, de
Seguridad
Nacional
(función cuyo responsable es el titular del Poder Ejecutivo,
según distintos artículos constitucionales, 29, 73,
119, 129), ante
lo cual, el marco jurídico constitucional de referencia era
otro distinto del aplicado.
Porque,
en cuanto al procedimiento vigente para establecer el estado
de afectación a la Seguridad Interior
establecida en el Capítulo
Séptimo, Título Primero de la Ley de Seguridad Nacional
(conforme
a las reformas antes aludidas), se establece en el Artículo
74
que quienes pueden iniciar
el procedimiento
para declarar el estado
de afectación
de la Seguridad Interior son: el Secretario Ejecutivo de la Comisión
de Seguridad Nacional, la cual está a cargo del titular del
Ejecutivo Federal, o por alguno otro de los integrantes del Consejo,
por el Ejecutivo local o la Legislatura de un Estado (afectado);
luego, se procede a establecer la
magnitud de la afectación
y la disposición
de los recursos y acciones inmediatas para enfrentarla,
así como, la identificación de las autoridades
responsables,
procediendo entonces a la elaboración
del proyecto
para la formal
declaración
y la temporalidad
de las acciones
federales para su restitución, proyecto que se turnará
al Ejecutivo Federal y a la Comisión Bicameral del Congreso de
la Unión en materia de Seguridad Nacional, quien activará
sus funciones de control político
de tales relevantes decisiones. Si este conjunto de figuras jurídicas
no les satisfacen, pueden modificarlas (como ya van a hacerlo en el
caso de mando policial municipal), pero No manipular la información,
la naturaleza de la situación social y violar, una vez más,
el orden constitucional, ahora desde el propio poder del Estado.
Extraña el silencio social, de los intelectuales, académicos,
partidos de oposición, ante este conjunto de hechos.
El
problema
a resolver era mucho más complejo jurídica y
procedimentalmente,
y
en términos de acuerdos políticos
necesarios, y se optó mejor por la
facilitación de su manejo político y por un proceso que
permitiera ágilmente recuperar el control del poder político
y el despliegue de una fuerza armada federal suficiente para romper
el equilibrio militar impuesto
por la confrontación entre las Autodefensas y la criminalidad
transnacional organizada, así como, para lograr controlar y
desarmar progresivamente a las propias Autodefensas y asestar golpes
contundentes a la criminalidad auto-empoderada, apoyándose,
primero, mediante acuerdos tácticos en las propias
Autodefensas y sometiéndolas después al poder
unipersonal del Comisionado.
En
dicho contexto,
el objetivo
del sometimiento
de las autodefensas a cualquier precio pasó a ser una
prioridad
estratégica,
determinante
del futuro éxito de la propia estrategia político-militar
aplicada
por el gobierno federal, así como para que el Comisionado (es
decir, Gobernación y la Presidencia de la República)
pudieran decidir
y actuar con plena independencia de otros factores de poder,
suprimiendo lo más rápidamente posible estos últimos
(incluyendo las autodefensas armadas), provocando además, un
efecto
demostración para
los demás casos de Estados y Municipios con presencia de
autodefensas y policías comunitarias, que ya superan las dos
centenas.
6.2
Otro caso que ha sacudido
la conciencia y la moral nacional,
es el de la matanza
de civiles criminales que se habían rendido a las fuerzas del
ejército federal
en el municipio de Tlatlaya, Estado de México (junio de 2014).
Fueron fusilados 22 de ellos. Gravísimo.
Más
allá de los múltiples detalles derivados de testimonios
directos de pobladores, que revelan la
premeditación de la acción desarrollada
por los elementos militares, el tema posee una triple
connotación extremadamente crítica
porque vulnera dos ordenamientos legales esenciales: el Código
de Ética Militar
y la
“DIRECTIVA
QUE REGULA EL USO LEGÍTIMO DE LA FUERZA POR PARTE DEL PERSONAL
DEL EJÉRCITO Y FUERZA AEREA MEXICANOS, EN CUMPLIMIENTO DEL
EJERCICIO DE SUS FUNCIONES EN APOYO A LAS AUTORIDADES CIVILES Y EN
APLICACIÓN DE LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS”
Sin
contemplaciones afirmamos, hay una violación flagrante a la
norma vigente:
ARTÍCULO
PRIMERO.-
La presente Directiva es de carácter obligatorio y de
observancia para todo el personal del Ejército y Fuerza Aérea
Mexicanos y tiene por objeto regular el uso legítimo de la
fuerza en cumplimiento del ejercicio de sus funciones en apoyo a las
autoridades civiles y en aplicación de la Ley Federal de Armas
de Fuego y Explosivos.
ARTÍCULO
SEGUNDO.-
Para la aplicación de la presente Directiva, se observará
lo siguiente:
El
personal militar en el ejercicio de sus funciones, en todo momento
respetará y protegerá los Derechos Humanos y sus
Garantías, y
En su
interacción con los particulares o funcionarios públicos,
los integrantes del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos,
observarán una conducta de respeto.”
Adicionalmente,
en momentos de acción militar, el personal castrense tendrá
que observar siguiente: Artículo Tercero, numeral X:
“Sometimiento:
la contención o sujeción que el integrante del Ejército
ejerce con el uso de los medios de que disponga, sobre los
movimientos de una persona con el fin de inmovilizarla y asegurarla,
para ponerla a disposición de la autoridad competente”
y en su numeral XII: “Uso
Indebido de la fuerza: Cuando la utilización del uso de la
fuerza se realiza sin observar los principios y reglas previstos en
la presente Directiva.”
En cuanto
a los niveles de uso de la fuerza legítima. Artículo
VI:
“II.-
Proporcional:
cuando se utiliza en la magnitud, intensidad y duración
necesarias para lograr el control de la situación, atendiendo
al nivel de resistencia o de agresión que enfrenten los
integrantes del Ejército;
Racional:
cuando su utilización es producto de una decisión en
la que se valora el objetivo que se persigue, las circunstancias de
la agresión, las características personales y
capacidades tanto del sujeto a controlar como del integrante del
Ejército, y
Legal:
cuando su uso es desarrollado con apego a la normatividad vigente y
con respeto a los derechos humanos.”
Son
suficientemente
representativas
las transcripciones hechas, reveladoras del conjunto
de ordenamientos legales violentados por el personal militar
que participó en las acciones del municipio de Tlatlaya, en la
fase última de los hechos, cuando se
había sometido al grupo criminal y sus sobrevivientes debían
haberse puesto a disposición de la autoridad civil competente,
el Ministerio Público Federal.
Pero se
optó,
por un uso no proporcional, no racional e ilegal de la fuerza armada
de la que disponía el personal militar, violando
flagrantemente los Derechos Humanos y las Garantías de quienes
se habían rendido a las fuerzas militares.
Aquí, hay mandos
militares inmediatos,
sin duda, que ordenaron
la acción
–a menos que se demostrara otra cosa-, pero, ello arroja fango
y responsabilidad
moral y política,
a quien es, constitucionalmente, Comandante
Supremo de las Fuerzas Armadas,
el Presidente de la República.
Son
suficientemente
representativas
las transcripciones hechas, reveladoras del conjunto
de ordenamientos legales violentados por el personal militar
que participó en las acciones del municipio de Tlatlaya, en la
fase última de los hechos, cuando se
había sometido al grupo criminal y sus sobrevivientes debían
haberse puesto a disposición de la autoridad civil competente,
el Ministerio Público Federal.
Pero se
optó,
por un uso no proporcional, no racional e ilegal de la fuerza armada
de la que disponía el personal militar, violando
flagrantemente los Derechos Humanos y las Garantías de quienes
se habían rendido a las fuerzas militares.
Aquí, hay mandos
militares inmediatos,
sin duda, que ordenaron
la acción
–a menos que se demostrara otra cosa-, pero, ello arroja fango
y responsabilidad
moral y política,
a quien es, constitucionalmente, Comandante
Supremo de las Fuerzas Armadas,
el Presidente de la República.
De igual
manera, se violentó por parte de dicho personal militar, el
Código
de Conducta
publicado por la Secretearía de la Defensa (SEDENA) en marzo
de 2013 “que
incorpora una visión de servicio con perspectiva de género
y derechos humanos, entre otros objetivos.” (¡¡¡¡¡)
Dentro
de los valores
específicos
que deben observar los servidores públicos de dicha
dependencia, están
la
obligación de “promover, respetar, proteger y garantizar
los derechos humanos de conformidad con los principios de
universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad; así
como las normas del Derecho Internacional Humanitario”.
Ahora
bien, desde la materialización del evento que comentamos, a su
encausamiento legal (aviso del ejército a la Procuraduría
General de la República, PGR), transcurrieron 4 meses que no
pueden ser considerados de ninguna otra manera más que como
“encubrimiento”
por parte de los mandos
militares inmediatamente superiores a los ejecutores de la masacre.
Por tanto, los
mandos militares y ejecutores materiales debían ser
enjuiciados en los tribunales civiles por este delito, lo cual
ocurrió parcialmente,
en el caso de la consignación penal hecha a tres soldados
responsabilizados de los hechos.
Los
cambios al Código
de Justicia Militar
y los otros ordenamientos impactados en materia civil por este cambio
son, el Código
Penal Federal,
el Código
Federal de Procedimientos Penales,
la Ley
Orgánica del Poder Judicial Federal
y la Ley
sobre Readaptación social de Sentenciados.
La
modificación en el Código
de Justicia Militar,
fue demandada –además de la grupos de la sociedad civil
en México- por la Corte
Interamericana de Derechos Humanos
(CIDH) a raíz de su fallo en el “Caso
de Rosendo Radilla”:
en 2009, la CIDH ordenó al Estado mexicano ajustar
sus leyes
para garantizar
que los integrantes de las Fuerzas Armadas que delincan contra la
ciudadanía, que
fueran juzgados por tribunales civiles, tras resolver qué
soldados fueron responsables de la desaparición del líder
campesino ecologista, Rosendo Radilla (1974)
Al
fallo del “Caso
Radilla”
se han sumado otros de ciudadanos afectados por militares. Hasta
ahora, la CIDH ha emitido otras tres
sentencias
relacionadas con este tema: las de Inés Fernández y
Valentina Rosendo en 2010, y la que incluye a Rodolfo Montiel y
Teodoro Cabrera en 2011. Según organizaciones civiles, el
número de afectaciones contra civiles, también, ha
crecido desde 2006, cuando el entonces presidente Felipe Calderón
recurrió al Ejército y la Marina para combatir a la
delincuencia. Una decisión de las más infames emanadas
del poder público por sus aberrantes consecuencias.
Pero
todo esto expresa que sigue
siendo más que evidente la impreparación del personal
militar en las funciones de seguridad pública
que
equivocadamente le han asignado.
Lo suyo es la SN
(incluyendo la SI)
y todo
lo que esto conlleva.
Si se pensó alguna vez en conceptualizar el tema de la
criminalidad transnacional como uno de SP
para no darle relevancia
a la
participación del ejército, sino a las fuerzas
policiales, ha sido peor, porque aquél
actúa en funciones fuera de su entorno natural y bajo marcos
normativos que no calan aún en su cultura operativa, además
de ser incompletos.
Frente
a todo lo anterior, es
inverosímil
y
ofensivo,
que gobernadores como el del Estado de México, en donde se
ubica el municipio de Tlatlaya, Eruviel Ávila ”agradezca”
al ejército “su
acción”,
lo que constituye un espaldarazo
a la ilegalidad,
al
exceso y a la preservación de un statu quo que ha provocado
una crisis aguda de la Seguridad Humana (SH) en México.
Más aún, cuando el propio Secretario de la Defensa
Nacional, Gral. de División Salvador Cienfuegos Zepeda, estaba
reconociendo la gravísima falta cometida.
El
tema aquí, por consecuencia, para la sociedad mexicana, es la
búsqueda
y concertación, de mecanismos institucionales de control
social o civil sobre los cuerpos militares armados,
porque, como planteara el politólogo estadounidense, Samuel
Huntington (The
Soldier and the State: A Theory of Civil-Military Relations.
Harvard University Press, 1957), lo cual recuerdan Pion-Berlín-Ugarte
en el libro (2013) “Organización
de la Defensa y Control Civil de las Fuerzas Armadas en América
Latina”
“El
control civil versa sobre las relaciones de poder entre políticos
y militares. Como Samuel Huntington aclaraba, décadas atrás,
los civiles deben tener una ventaja de poder sobre las Fuerzas
Armadas si cualquier atisbo de control se ha de lograr. Pero el poder
en sí mismo está influido por las instituciones. Cómo
las instituciones dentro de la esfera de la defensa están
diseñadas, organizadas y conectadas entre sí, cómo
se manejan y en beneficio de quién, afecta directamente a
quien tiene el poder, se relaciona directamente con el ejercicio del
poder en una democracia.”
En
México, se ha logrado este control de la rama civil del poder
del Estado sobre la rama militar del mismo, pero los
nuevos tiempos y las nuevas y agudas problemáticas existentes,
así como, el comportamiento delictuoso reiterado de diversos
grupos de militares mexicanos, demanda replantear
el tema en términos de aumento del control social e
institucional sobre el accionar de los mismos
(el cambio habido en el fuero
militar
es un gran paso en tal dirección, pero muy insuficiente). Se
debe generar
un marco jurídico preciso sobre el accionar del ejército
y la marina de México en sus funciones de seguridad interior,
alejándolo definitivamente de las de seguridad pública.
Persistir en que los temas del crimen transnacional organizado como
mafia en nuestro país son temas
de seguridad pública,
y el uso del poder militar de las fuerzas armadas mexicanas en dicha
problemática se produce sin los marcos normativos precisos y
los mayores controles
civiles e institucionales rigurosos,
puede ocasionar mayores violaciones a los derechos humanos desde la
milicia mexicana.
Es
necesario también, junto a tales mayores
controles,
explorar
en firme la conveniencia de un secretario de la defensa nacional de
carácter civil
probadamente apartidista, profesional, profundamente conocedor, con
capital político y con una ética pública
irreprochable, como se ha hecho en países que vienen de
dictaduras militares, y en democracias consolidadas.
Hoy las
relaciones cívico-militares en los marcos constitucionales de
México, deben ser reforzadas
con cambios importantes,
porque el
sistema y el régimen político demandan mayores
transformaciones para adecuarse a las nuevas circunstancias y
necesidades.
Se trataría de cambios
adicionales en la ecuación de poder para avanzar en la ruta de
mayores espacios y controles democráticos a la institución
militar,
dado el muy
delicado
rol que le toca jugar de
frente a nuestras fallas estructurales presentes,
para no seguir exponiéndola
en los términos en que se ha hecho hasta hoy,
lo cual, es además, propio
de todos los procesos de transición política a la
democracia,
de
búsqueda de la gobernabilidad y la seguridad democrática,
porque, el proceso de transición mexicano, además de
otros factores, está gravemente
amenazado por el crimen transnacional, la expansión de los
cuerpos armados y el endurecimiento político que ello trae
consigo sin los controles sociales e institucionales necesarios.
Los eventos pueden repetirse porque estructuralmente
no se han cambiado suficientemente las bases de la actuación
militar.
6.3
Recientemente, en el mes de marzo de este año 2014, se recordó
la toma armada al municipio de Allende (marzo de 2011) perpetrada por
los Zetas, en el cual se saquearon una gran cantidad de domicilios y
se produjo el secuestro y desaparición de más de 300
personas, hechos también acecidos, en menor medida, en
Piedras Negras, Estado de Coahuila, en cuya investigación
periodística participó el reportero Diego Enrique
Osorno (autor de un libro sobre el Cartel de Sinaloa y de otro sobre
Los Zetas), pero tal evento trágico, fue en aquél
momento, dramática y mediáticamente silenciado en lo
posible por el gobierno de Felipe Calderón (decimos en lo
posible, porque la tragedia la publicó The
Economist
y el periódico El
País).
Un Presidente municipal panista y un gobernador priista. No parece
casualidad política, pero es evidente que el lugar de una
nueva tragedia sólo
se trasladó de región.
El
Estado aparece impotente ante ello.
Las
desapariciones
forzadas
(sólo 17 Estados de la República la poseen como tipo
delictivo y penal) en masa de civiles indefensos, ha sido parte de la
represión de Estado
desde hace décadas (no olvidar el periodo de la “Guerra
Sucia”
en México), es decir, del “Terrorismo
de Estado”,
pero hoy desgraciadamente, son propias de los grupos del crimen
transnacional actuante en México, o parte
y consecuencia
de las disputas agudas por plazas y rutas para la actividad criminal
diversa, y se han venido produciendo cuando los intereses de ella,
son seriamente afectados en alguna forma, o cuando se proponen, sobre
tales acontecimiento de terror, tener nuevos avances territoriales,
de poder y negocios, ante lo cual, prevalece en la autoridad
municipal y estatal, la indiferencia,
la impotencia o la abierta complicidad,
sobre todo en los municipios, los eslabones
más débiles de la estructura política federal,
quienes poseen las policías más fáciles de
cooptarse o amedrentarse frente a las acciones y poder de la
criminalidad, porque a través de tales actos bárbaros
represalian contra la clase gobernante (en los niveles, estatales o
federales) que logra asestarles golpes importantes, o contra
autoridades locales que no se han doblegado a sus intereses, o que
están plenamente dominadas por ellos, o bien, que puedan tener
acuerdos con grupos criminales distintos, creando una
grave crisis socio-política y humanitaria
de impacto regional y global, profundamente desestabilizadora.
Cuando
participan los actores
estatales,
cualquiera que sea la razón, estamos frente a un crimen
de Estado
que puede conducir necesariamente a la denuncia
nacional e internacional
del mismo, es decir, a dar vista a la
Corte Penal Internacional
(CPI), porque se trata de un crimen de lesa
humanidad.
Especialistas argumentan que es procedente invocar la competencia de
dicha instancia mundial, dado que México es suscriptor de
dicho tratado. Esto implicaría que la problemática
mexicana trascienda hacia el mundo y que se lleva al Estado Mexicano
a una instancia judicial internacional.
De
la misma manera que en Iguala, en el municipio de Allende –antes
mencionado- el clamor por la presentación con vida de los 300
desaparecidos y la incorporación a la búsqueda con
múltiples organizaciones civiles y oficiales, se realizó
sin resultado alguno. La gran diferencia, es que dicha barbarie en
2011 fue mediáticamente
y exitosamente silenciada,
por lo menos parcialmente, y la de Iguala, ha recibido un tratamiento
distinto. Aquélla logró publicitarse en el extranjero,
como el actual caso de las atrocidades de Iguala, en las que la
agresión de la criminalidad transnacional no aparece en estado
puro,
como la de Allende Coahuila, sino, entremezclada con elementos
propios del acoso político constante y la represión al
sector de los estudiantes normalistas por parte de los gobiernos
estatales en Guerrero, y la participación directa y evidente
de las autoridades y las fuerzas policiales del municipio.
Pero,
conforme a las declaraciones oficiales del procurador del Estado de
Guerrero, Lic. Iñaki Blanco (5 de octubre) que refiere, a su
vez, las declaraciones ministeriales de policías (como Martín
Alejandro Macedo Barrera) participantes directos en las acciones
criminales y detenidos, contra los estudiantes de Ayotzinapa, en el
sentido de que la orden
de acudir al lugar
en donde se encontraban los estudiantes haciendo labores de
propaganda, la dio el jefe de seguridad pública municipal,
pero la orden
de secuestrarlos,
trasladarlos a un cerro ubicado en la localidad de Pueblo Viejo y
asesinarlos (43 estudiantes), la dio un sujeto miembro y líder
de “Guerreros Unidos” apodado “el
Chucky”,
lo cual evidencia, sin lugar a dudas, el
dominio que tenía ya en el mando de los policías
municipales dicha organización criminal,
lo que no
exonera a las autoridades públicas
de todas las responsabilidades a que haya lugar, pero introduce
elementos
de interpretación fundamentales de los hechos.
Antes se
habían producido crímenes diversos, pero especialmente,
una matanza de ganaderos (15 personas, la mayoría
pertenecientes a la UGREG, en mayo de 2008), también, en
Iguala y Petatlán, que todo indica, resistían
la extorsión y el cobro de la seguridad criminal y el derecho
de piso.
La presencia de grupos de la criminalidad transnacional en dicho
municipio es desde hace varios años, la aquiescencia de las
autoridades federales es totalmente desconcertante y omisa, de gran
responsabilidad.
Más
aún, porque la información en poder del ejecutivo
federal y sus cuerpos armados y de inteligencia, identificaron
perfectamente bien la presencia de 21 subgrupos de carácter
criminal (mapa elaborado por la PGR) que giran alrededor de 5
organizaciones transnacionales que se disputan la totalidad de la
plaza (el Estado de Guerrero) y que entrecruzan
el dominio de diversos municipios en el Estado y la asociación
o sometimiento de diferentes autoridades,
los cuales son: Los
Zetas, el Cartel del Pacifico, los Caballeros Templarios, el Cartel
de la Barbie y los Beltrán Leyva.
Dicha información está contenida en el documento
llamado “Células
Delictivas con Presencia en el País”.
Esta información la posee también la DEA de los EUA,
quien afirma, por ejemplo, que los
Zetas
controlan lo fundamental del puerto de Acapulco. (Nancy Flores,
Revista Contra línea, 13 de octubre de 2014). La pregunta es
¿qué
hicieron los organismos de seguridad nacionales armados, ante la
presencia y acción de los 21 subgrupos y las cinco grandes
organizaciones transnacionales del crimen en Guerrero?
Por lo visto, esperar a que estallara brutalmente el problema para
debilitar mayormente a un partido como PRD que había postulado
al presidente municipal de Iguala, Guerrero. Fue una omisión
inmensa...
Sobre la
matanza de estudiantes normalistas del 27 de septiembre y la
madrugada del 28 del mismo mes, desapareciendo, 43 estudiantes de la
escuela “Raúl Isidro Burgos”, en cuanto a la
importancia
que para la criminalidad tiene el Municipio de Iguala,
el periodista Luis Hernández Navarro, nos describe el contexto
estratégico inmediato, así:
“Iguala
es una ciudad clave en el tráfico de drogas. Valle rodeado por
nueve montañas en la región norte de Guerrero, es punto
de entrada a la Tierra Caliente, donde los cárteles elaboran
drogas sintéticas y cultivan marihuana. Allí operan
diversas bandas del crimen organizado hegemonizadas por Guerreros
Unidos, uno de los subgrupos surgidos a raíz de la implosión
de los Beltrán Leyva”.
(http://www.jornada.unam.mx/2014/09/30/opinion/)
La
plaza tiene un altísimo valor. El Pacífico es una gran
zona de trasiego de cocaína, de cannabis, anfetaminas y
personas.
La
filiación del grupo “Guerreros
Unidos”
a la organización de los hermanos
Beltrán Leyva,
cuyo último sobreviviente, Héctor Beltrán Leyva,
“el H”, fue capturado el 2 de octubre de 2014 (cinco días
después) en San Miguel de Allende, Guanajuato, mediante la
llamada “Operación
Hotel”,
por el grupo de Operaciones Especiales de la SEDENA (Secretaría
de la Defensa Nacional), adscrito a la XXIV zona militar.
(www.tiempo.hn/mundo/item/3501)
nos trae una reflexión y una hipótesis adicionales: si
los estudiantes normalistas pudieron estar vivos (ojalá lo
estuvieran todos ahora) los días inmediatamente subsiguientes
a su secuestro o desaparición, dado que los hubieran podido
trasladar a otros poblados u otra entidad estatal, o tenido cautivos,
la captura del “jefe H” pudo haberlos sentenciado
fatalmente a muerte en represalia por ello.
Las
declaraciones de los más altos actores políticos sobre
la
intolerancia a la impunidad,
el
horror,
etc., son
huecas dado que no se han mostrado capacidades desde la concepción
general estratégica y las capacidades materiales efectivas
para neutralizar y luego abatir a la criminalidad transnacional,
lo que ha seguido, son aprehensiones de capos altos y medios por las
fuerzas federales, se proponen algunos cambios jurídico-políticos,
etc., pero solamente para que el
eje de tales acciones y hechos se desplace a otros municipios y
regiones, que nos volverán a llenar de horror,
y para que oigamos nuevas declaraciones sobre la impunidad, la
corrupción, y todo ello sea capitalizado políticamente
por unos partidos y grupos a costa de otros. Un
ciclo repetitivo atroz de impotencia oficial.
La
“solución”
tomada por el Ejecutivo federal es –como en Michoacán-,
una que tiene y repite tres
grandes ejes político-estratégicos:
-
mantener
la concepción de que se trata de un problema de Seguridad
Pública;
-
monopolizar
–con ello- la puesta en práctica de medidas de control
y recuperación institucional mediante las fuerzas federales;
y
-
suprimir
el rol legal de la autoridad municipal y las policías
municipales, decomisando las armas de uso exclusivo del ejército
e
imponiendo
la fuerza federal.
Pero la tragedia está consumada y los resultados de
investigaciones y acciones serán pobres.
En suma,
se omite
nuevamente la declaratoria de afectación a la Seguridad
Interior,
que obligaba a seguir el proceso constitucional marcado por la Ley de
Seguridad Nacional en los términos por ella previstos,
incluyendo la participación del Senado como garante de la
legalidad del proceso, y normando la intervención y
temporalidad de la intervención de las fuerzas federales en
los 17 municipios de Guerrero y 1 del Estado de México:
Iguala,
Cocula, Apaxtla
de Castrejón, Buenavista de Cuéllar, General Canuto, A.
Neri, Ixcateopan de Cuauhtémoc, Pilcaya, Taxco de Alarcón
y Teloloapan,
todos estos municipios de la región Norte. En la zona de
Tierra Caliente tomó el control en Arcelia,
Coyuca de Catalán, Pungarabato, San Miguel Totolapan y
Tlapehuala,
así como en el municipio vecino de Ixtapan
de la Sal,
en el Estado de México.
Adicionalmente,
se informó, que los agentes policiacos municipales de las
localidades en las que ingresaron las fuerzas federales fueron
trasladados a la Sexta Región Militar, en Tlaxcala, donde se
les practicarán exámenes de control de confianza. (19
de octubre, 2014, http://www.informador.com.mx/)
No se
puede ni debe ignorarse, que el Ejército Revolucionario del
Pueblo Insurgente (ERPI), actor militante, denunció desde
septiembre de 2009, que habían tenido:
“(…)
en
los últimos meses enfrentamientos con el Ejército
Mexicano, pero también, y en mayor número, con sicarios
del narcotráfico, principalmente del cártel de Sinaloa.
Además, reivindica la “sanción vital”
ejercida contra más de 50 narco-paramilitares de
tres regiones de Guerrero: Tierra Caliente, Costa Grande y Costa
Chica. Dice que los cárteles del narcotráfico fungen
como agentes contrainsurgentes en Guerrero y que tienen el encargo de
hacer el trabajo
sucio al
gobierno mexicano”.
http://contralinea.info/archivo-revista/index.php/2009/09/20/erpi-confirma-enfrentamientos-con-el-narcotrafico/
Apareció,
de igual manera, un comunicado atribuido al ERPI en donde establece
que los normalistas habrían
sido entregados a los miembros del ejército mexicano
de la XXVII zona militar en Iguala Guerrero, dentro
de un operativo contrainsurgente,
sobre lo cual, no ha presentado evidencias de su dicho, a lo que se
debe agregar, la información aparecida en el periódico
“La Jornada” (16 de octubre) sobre el hecho de que dos de
los normalistas desaparecidos “fueron
levantados”
cerca de las instalaciones militares.
Los
hechos precedentes de golpes
asestados a la criminalidad transnacional y la agravada disputa por
plazas, rutas, cargamentos y dinero en inmensas cantidades,
indican que Iguala-Ayotzinapa constituye una inmensa
provocación criminal con la complicidad oficial municipal,
por sometimiento total o por ambición, usada para reprimir a
un sector estudiantil tradicionalmente enfrentado al Estado y
reprimido por él, pero con el agravante de ser, al momento, un
poder ejecutivo local plenamente manejado por dichas organizaciones,
acciones concebidas e instrumentadas para afectar
severamente y políticamente a las instancias federales y
estatales del Estado mexicano,
mediante la gran sacudida nacional e internacional que estamos
presenciando, la cual capitalizará el grupo delictivo para sus
afanes de control de una plaza con características
estratégicas, que lo podría llevar a otras de igual
importancia, al sometimiento de nuevas autoridades -si esto pretende
administrarse, no avanzar en una solución real de mediano
plazo-, hacia la disputa por otras plazas ubicadas en el corredor del
pacífico, latinoamericano, estadounidense y asiático.
Pero hay
un factor de análisis y valoración adicional: no
podemos pedirles o esperar que los presidentes municipales u otro
nivel de responsables de gobierno, se invistan de mártires o
de cómplices criminales, que elijan entre la tumba o la
cárcel, ya que el Estado, las fuerzas políticas
organizadas y la sociedad civil toda, debe proporcionarles,
condiciones mínimas de seguridad en el cumplimiento de su
encargo constitucional
Todo lo
anterior, impone la imperiosa necesidad de romper
el paradigma actual,
la concepción, la estrategia fallida, las ataduras y
subordinaciones externas y avanzar municipio por municipio, región
por región, a partir de la información detallada, de
los mapas sobre la criminalidad que posee la inteligencia del Estado
(civil, policiaca y militar), pero no puede ser desde la debilidad y
gran vulnerabilidad actual de ellos, provocada desde hace muchas
décadas por el centralismo
y el autoritarismo político
sino desde su fortalecimiento
completo,
en donde se ofrezca al depositario primero y último de la
Soberanía y el destinatario de la seguridad que
constitucionalmente está obligado a ofrecer el Estado, que es
el pueblo mexicano, las herramientas, medios e instrumentos
necesarios de todo tipo para la recuperación de ambos. Y no
nos escandalicemos si requerimos valorar con toda responsabilidad y
mesura, pero con determinación, la experiencia en Michoacán
que permitió acorralar y desmembrar una parte muy importante
de la criminalidad, pero, cualquier tipo de medidas
extraordinarias,
deben darse bajo el absoluto control del Estado, de los tres poderes
y las fuerzas federales, con pleno amparo constitucional, porque la
indefensión civil y la ineficacia e impotencia del Estado ante
el grave problema, es la otra cara de la impunidad, del
fortalecimiento y avance territorial criminal.
Un dato
del orden internacional relevante es la enorme presión que hay
en dicho ámbito hacia el Estado Mexicano: la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) instruyó a las
autoridades mexicanas, a determinar la situación y paradero de
los 43 estudiantes desaparecidos y la protección de los
heridos, ordenando al efecto la aplicación de medidas
cautelares, lo cual se produjo en el contexto de la realización
de la “II
Reunión de Evaluación de los Derechos Humanos”,
en que se desarrolló una Audiencia en tal sentido, el 30 de
octubre de 2014, dentro de lo que podría denominarse, un
enjuiciamiento al Estado y al régimen actual, en la cual, este
último no tienen más que ofrecer, que su promesa de
investigar y aclarar los hechos.
Sobre
este último punto, el 7 de noviembre en conferencia de prensa
y luego de una serie de detenciones y hallazgos de fosas clandestinas
y cuerpos entre los municipios de Iguala y Cocula, el procurador
Murillo Karam, en síntesis, informó que todo indica
–según versión de detenidos que participaron en
el ataque armado, el secuestro y luego la masacre, que “(…)
Abarca
ordenó a la central policiaca interceptar a los estudiantes.
Los oficiales bloquearon el paso de los camiones donde iban los
normalistas. En tres ataques entre el 26 y 27 de septiembre, hubo
seis muertos y 43 normalistas desaparecidos. Las investigaciones
indican que criminales del cártel Guerreros Unidos se los
llevaron”.
Hasta aquí no hay nada nuevo, sólo confirmación
de versiones periodísticas, filtraciones a la prensa de
declaraciones ministeriales de otros detenidos previamente, y a mayor
abundamiento, afirmó que según:
“(…)
declaraciones de los detenidos
que detallaron cómo fue que se deshicieron de los normalistas.
Dijo que dos de los tres detenidos indicaron que al menos 15 de los
43 estudiantes ya habían muerto cuando llegaron al basurero de
Cocula. Los sujetos dijeron haber calcinado y fracturado los huesos
de las víctimas. Más tarde tiraron las bolsas con
cenizas en el Río San Juan. Las autoridades han encontrado
bolsas de plástico, restos óseos y piezas dentales en
el río.
(http://www.milenio.com)
Hasta
hoy, persisten tres
elementos interpretativos fundamentales y otras imprecisiones:
El
presidente municipal ordenó la represión de las
actividades políticas propagandísticas de los
estudiantes normalistas, sin precisar sí también su
asesinato, ni tampoco en los términos concretos de brutalidad
asesina en que se concretó;
Una vez
abierto el evento represivo, intervienen grupos armados vinculados
con el subgrupo criminal “Guerreros
Unidos”
(GU) parte de la organización de los Hermanos Beltrán
Leyva –uno de los grupos del crimen transnacional que junto
con otros 20 se disputan el control de los municipios del Estado de
Guerrero (tampoco se precisa si estaba originalmente así
planeada la represión o cuál es la forma de la
intervención de GU en el evento, quién los llamó,
o si eran parte del plan original), los cuales actúan
conjuntamente
con los elementos de la policía municipal, lo cual denota
una complicidad o asociación delictiva plena con
el conocimiento
y anuencia de la máxima autoridad municipal
(incluyendo al director de seguridad);
La
asociación del grupo criminal GU con las autoridades
municipales, desde el más alto nivel, queda
probada, y resulta ser el hecho fundamental,
dado que el evento represivo se escala exponencialmente y asume las
características atroces conocidas, con la participación
de aquéllos, quienes imprimen al evento las características
propias del tipo de sus acciones criminales terroríficas
contra la población civil indefensa.
Las
imprecisiones o “lagunas
informativas”
desvelarán los hechos colaterales que darán cuenta de
la profundidad y tipo específico de la asociación
criminal allí establecida.
¿Eran
los Guerreros Unidos un brazo armado de la autoridad municipal que
actuaban al unísono con la policía municipal en casos
particulares, conforme a las instrucciones de la presidencia
municipal, sin que hubiera propiamente sometimiento
forzado
de esta última autoridad por aquéllos? Por las
trapacerías hechas por ambos y el propio Presidente Municipal
de Iguala que se han venido revelando, pareciera que así fue.
7.
Crisis de Legitimidad del Gobierno de Enrique Peña Nieto
Las
crisis de legitimidad pueden tener muchos componentes y expresiones,
diferentes desenlaces, pero, en sí misma, una crisis
de legitimidad
parte de la necesidad imperiosa de que un gobierno para ser legítimo
–no solamente legal y constitucionalmente investido como tal-
debe sustentarse en dos
grandes pilares de origen y permanencia,
respectivamente: ser democráticamente
electo por una mayoría determinada,
y respetar
y hacer respetar el orden jurídico
en que se sostiene toda la actividad de gobernanza dirigida a regular
la convivencia social pacífica y constructiva. Si omitiéramos
por lo ampliamente polémico que a estas alturas resulta la
primera determinante, y nos concentráramos en la segunda,
tendríamos la presencia de una pieza
fundamental
del actual entorno de crisis de legitimidad que hoy marca al gobierno
de EPN.
Otros
factores
sustantivos
serían: la debilidad de las instituciones vigentes para
proteger la estabilidad del régimen de convivencia armónica
y pacífica entre los mexicanos; la falta de ejercicio a
plenitud de las potestades que le otorga la Constitución
Política para el resguardo de las libertades y derechos
consustanciales de la sociedad mexicana en franjas cada vez más
amplias del territorio nacional, ante lo cual, no pueden decirnos
–como en enero de 1995, ante el levantamiento armado del
Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN)- que
el
problema se circunscribe a unos cuantos municipios del país,
porque la sacudida política interna y en el ámbito
político regional e interregional es la mayor desde los
tiempos de la propia insurrección zapatista, y omitimos la
crisis electoral de 2006 dado que no hay actualmente una disputa
electoral de por medio, sino justamente, la vigencia del orden
constitucional que consagra las libertades y derechos humanos de los
mexicanos todos, lo cual, ausencia que ha lesionado severamente la
relación del Estado y el gobierno con la sociedad y las
propias relaciones internacionales del gobierno mexicano actual. Allí
están las protestas callejeras en México que se suceden
unas a otras en distintas partes del territorio nacional, dos de
ellas, verdaderamente masivas, y el seguimiento consternado hecho por
la prensa mundial, así como los actos de protesta y
solidaridad con este problema mexicano, en muchas ciudades del mundo.
El
triunfalismo
de la modernidad de las reformas salinistas
y la firma del TLCAN (1993) sucumbió ante el levantamiento
armado en el sureste mexicano (enero de 1994) que nos
devolvió a nuestra realidad,
así como el regocijo peñista actual de las reformas
estructurales conseguidas (2013-2014) está sucumbiendo ante
las atrocidades cómplices de la criminalidad transnacional
asentada en México y los hombres del poder público,
quiénes le dan, entre otros usos a dicha subestructura de
poder fáctico, un ejercicio represivo al servicios del poder
que
nos devuelve a la realidad del autoritarismo tradicional,
incluso, desbordado (como durante el asesinato colectivo hecho en la
Plaza de las Tres Culturas en 1968, y la “guerra
sucia”
en los años 70), propio
del régimen político despótico mexicano que
nunca se ha ido, que sigue vigente.
El
pretendido tipo de
liderazgo moderno basado en el respeto al orden jurídico
(del que habló Max Weber hace décadas) aderezado con un
perfil reformador
y modernizante como quiso proyectarse el de EPN,
se desmoronó ante la realidad de su ficción mediática.
Hoy la inversión extranjera, que tanto se ha deseado atraer
masivamente a México a costa casi de lo que sea, huye y se
devuelve a pesar de los manjares que se le ofrecen. No tienen
confianza en la conducción del gobierno del Lic. Enrique Peña
Nieto. La prensa internacional ha roto dramáticamente su
consenso sobre las muy positivas expectativas del gobierno mexicano.
Son
otros factores, en el frente externo, de la crisis de su legitimidad
como poder y gobierno.
La
violencia armada –de cualquier naturaleza y origen- sólo
se vuelve predominante allí en donde la autoridad y las
instituciones en que ella se apoya se
han debilitado severamente en su función de gobierno,
podrán administrar pero no
gobiernan,
porque otro poder armado ya se
expresa como una forma de autoridad paralela.
De allí que las
instituciones
(de seguridad y derechos humanos, etc.), los
mecanismos
(la presencia y vigencia de la normatividad jurídica, de los
cuerpos armados públicos, de los consensos en torno a las
políticas públicas en vigor para tales efectos) y los
valores
(la vigencia del orden jurídico, respeto a las libertades,
protección de los derechos, la equidad social) que habían
funcionado en una cierta medida (no muy amplia en México desde
hace mucho tiempo, pero en particular durante los dos primeros años
del actual gobierno), son puestos bajo
un grave cuestionamiento -esporádicamente
violento en ciertas regiones del país- por segmentos
progresivamente
más amplios de la sociedad nacional e internacional.
Es el consenso,
confianza y la aceptación de los gobernados la fuente de poder
y legitimidad,
la que hoy ha colapsado. La conclusión de las protestas con
actos vandálicos, están más en la orientación
de restar fuerza y apoyo social a ellas, que a su reforzamiento, por
ello, sus impulsores, son severamente cuestionados en sus orígenes
e intereses verdaderos.
Que
se encuentren fosas clandestinas en cualquier parte del territorio
nacional, o restos humanos en número considerable, tirados en
basureros municipales (Iguala y Cocula, Estado de Guerrero y otros
del territorio nacional), sin que la autoridad haya sido capaz de
prevenir tales hechos o proteger a tales personas que suman decenas o
centenas, las cuales sucumben ante un
poder paralelo al poder constitucionalmente establecido,
nos manifiesta a una
autoridad ausente de sus funciones y obligaciones,
un
vacío de poder, de gobernabilidad, de legalidad constitucional
y de legitimidad en el poder, por su carencia de bases sociales de
apoyo.
¿Qué
tanta legitimidad puede tener un gobierno constituido legalmente bajo
tales circunstancias? Estamos en presencia, entonces, de una
importante
crisis de legitimidad,
que en otros países lleva a renuncias colectivas de los
hombres y mujeres en el poder, al deslinde jurídico de
responsabilidades, y a los consecuentes encarcelamientos.
Dicho
déficit
de legitimidad,
se pretende recuperar con la convocatoria y firma a un nuevo Pacto
por la Seguridad y Contra la Corrupción
en
las alturas del poder,
cuando son esas formas
políticas justamente las que se han deslegitimado con
severidad,
que se han exhibido como inútiles, como de muy corta vida,
mientras la sociedad real se manifiesta. Hay tipologías
del ejercicio del poder que son irreformables.
La mexicana es una de ellas…. mientras no haya un cambio
socio-político de fondo.
Sin
embargo, la
crisis de legitimidad tiene riesgos importantes:
evolucionar –dependiendo del grado de agudización de los
conflictos de origen y los subsecuentes- en una crisis
de gobernabilidad democrática
(al decir del insigne politólogo socialista español,
Joan Prats Catalá, en su obra), en cuyo centro se gravedad se
encuentra la
lucha entre los procesos de causalidad y los de casualidad, es decir,
la gobernabilidad plantea una problemática por las crisis de
legitimidad del sistema, las deficiencias económicas y las
inequidades sociales
(causalidad) y a partir de ello se desata una dinámica en
donde las inquietudes, la protesta social, la desconfianza y rechazo
hacia las instituciones y los gobernantes cobran mayor amplitud e
intensidad. La evolución hacia una crisis de gobernabilidad
democrática se caracteriza por la disfuncionalidad de las
instituciones para solucionar democráticamente los conflictos,
lo cual pone en evidencia las tensiones existentes entre los
requisitos de la democracia y los de la gobernabilidad, lo que puede
conducir al endurecimiento del régimen si la prioridad es la
gobernabilidad y la absorción democrática del conflicto
social e institucional planteado. La
crisis de la gobernabilidad democrática y la inestabilidad de
las instituciones son características de relaciones entre
Estado-gobierno y sociedad que requieren de la implantación de
programas de desarrollo humano amplios para mejorar sus sistemas de
gobernabilidad.
El
elemento
común
de la crisis de gobernabilidad democrática, argumenta Prats
(2000), es la incapacidad de las instituciones democráticas (o
en proceso de democratización accidentada, como en México)
para asumir y procesar democráticamente el conflicto
social. Entonces,
ese elemento
común
de la crisis
de gobernabilidad
es la
falta de funcionalidad de las instituciones
para dar solución a los problemas, por lo tanto, la crisis
de la gobernabilidad democrática
se
manifiesta debido a la debilidad de las instituciones democráticas,
resultado de otra crisis, de la transición democrática,
como en
México.
Así
entonces, el origen de las crisis
de gobernabilidad
puede proceder, siguiendo a Prats (“Gobernabilidad democrática
para el desarrollo humano. Marco conceptual y analítico”,
2001), de la incapacidad
de las reglas y procedimientos para resolver problemas de interacción
o de acción colectiva, de una institucionalización de
reglas y procedimientos débiles o inadecuados, de la
emergencia de nuevos actores estratégicos y del cambio
estratégico de actores poderosos.
Es evidente que la criminalidad organizada es un nuevo actor
estratégico
(por su gravitación actual, no por su temporalidad) que ha
cambiado su estatus mediante
actos sucesivos de poder,
lo cual ha colapsado
la funcionalidad de las instituciones de la seguridad
(en las vertientes referidas arriba). Es decir, su condición
de “criminal”
no le quita su estatus de “actor
estratégico”
y “actor poderoso”,
lo cual se agrava cuando tales actores actúan destructivamente
sobre la institucionalidad pública.
En
suma nos dice José Vargas Hernández (2007,
http://www.ub.edu/geocrit/9porto/jvargas.htm)
siguiendo a Prats Catalá, que la
crisis
de gobernabilidad
resulta cuando
los conflictos entre los diversos actores estratégicos
tradicionales y emergentes cuestionan el equilibrio institucional del
sistema sociopolítico debido principalmente a un deficiente
sistema de institucionalización de reglas y procedimientos.
En
México además, un factor
fundamental
de obstrucción
del funcionamiento institucional, del respeto a las reglas y
procedimientos normativos vigentes,
es la corrupción,
extendida en todas las instancias de la administración
pública, y la asociación
delictiva entre la criminalidad y diversos sectores y niveles de los
funcionarios públicos.
O bien el sometimiento de estos últimos. Esto imprime
dimensiones de crisis
de la moral institucional y pública de las instancias del
aparato del Estado.
El
desarrollo de las protestas sociales en México, dos de ellas,
verdaderamente de masas, junto a la condena y presión
internacional extendida, han puesto muy nervioso al gobierno, quien
ha optado por dos caminos absolutamente equivocados:
-
tolerar
los actos de desorden y violencia que todo apunta a la infiltración
de provocadores perfectamente identificados sobre los que
inexplicablemente los servicios de inteligencia no ubican a plenitud
y no informan para que actúen los servicios policiacos y el
aparato judicial en su contra, lo cual levanta sospechas fundadas
sobre su origen; y
-
un
discurso amenazante sobre el que los “provocadores”
y “desestabilizadores”
del proyecto nacional del gobierno en turno, están del lado
de quienes protestan por los hechos brutales de Ayotzinapa, y todos
los demás habidos en el país, lo que hace renacer el
espectro de Gustavo Díaz Ordaz (quien ordenó la
matanza de estudiantes en la Plaza de las Tres Culturas en
Tlaltelolco, Ciudad d México, el 2 de octubre de 1968). No
puede ser que ubiquen y aprehendan a líderes mafiosos de
talla internacional, que se esconden durante años o lustros,
y con tantos recursos para evadirse, y estos 50 infiltrados
que actúan con regularidad y previsibilidad,
no
puedan detenerse.
No es posible, no es creíble. Invita a una sospecha fundada,
reitero.
Lo
dicho antes, esta tentación
autoritaria
al más puro estilo de la tradición priista frente a
movimientos sociales de protesta que no logran apagarse o ser
controlados por el aparato de Estado, elevaría
exponencialmente la crisis de legitimidad actual que se desliza
rápidamente hacia una crisis de gobernabilidad democrática,
conduciéndola hacia una crisis
política que pondría en cuestión severa al
régimen actual.
Cuidado con ello, serían impredecibles las consecuencias
frente al estado de ánimo y movilización actual de la
sociedad. Probablemente, ni esperando el reflujo natural del
movimiento de protesta, acciones represivas en masa podrían
tener cabida, sin desbordar el ánimo social.
8.
Corolario Final: Un Gobierno sin Soluciones de Fondo
Para
enfrentar esta grave triple crisis, que sintetiza una grave crisis
de gobierno,
retomando la iniciativa política y a la vez, lanzando
advertencias a los grupos sociales movilizados, el gobierno de EPN
planteó un “Decálogo
de Medidas”
sobre Seguridad y Justicia, que se anunciaron generando mucha
expectativa sobre sus contenidos, y que resultaron algo similar al
llamado “parto de los montes”. Son los puntos siguientes:
Presentar
Iniciativa de Ley Contra la Infiltración del Crimen
Organizado en las autoridades municipales.
Presentar
Iniciativa de Ley para redefinir la competencia de cada autoridad en
el combate al delito.
Reformas
legales para la creación obligatoria de policías
únicas estatales.
Unificación
del 911 como número telefónico nacional de
emergencias.
Retomar
la propuesta de Clave Única de Identidad obligatoria.
Operativo
Especial permanente en la región conocida como Tierra
Caliente, de Michoacán y Guerrero.
Responsabilizar
a los niveles de competencia de una verdadera Justicia cotidiana.
En
derechos humanos, la creación del Sistema Nacional de
Búsqueda de Personas No Localizadas y de Información
Genética.
Combate
a la corrupción. Ley Anticorrupción y Ley
Reglamentaria en Transparencia.
Transparencia:
Fortalecimiento del Gobierno Abierto y Ley Reglamentaria en
Transparencia.
Es
evidente que la orientación
fundamental
es hacia el fortalecimiento
del marco normativo en materia de seguridad, justicia y derechos
humanos,
como vías para encarar
la grave crisis de su gobierno,
más algunas medidas de orden
operativo
que parecen funcionales
pero no trascedentes,
y otra
medida de carácter socio-económico,
lo cual le da una intencionalidad
integral al paquete presentado.
Y de igual manera, sin conocer los textos de las iniciativas de ley,
tampoco es posible su valoración adecuada.
Sin
embargo, menos
aún
parecen ser este conjunto
de medidas,
las que la gravedad de la situación reclama en ninguna de las
cuatro materias que pretende abordar.
Por ejemplo: legislar contra la infiltración del crimen
organizado en los niveles de gobierno municipales, resulta un enfoque
sesgado, porque la penetración criminal se da en los tres
niveles de gobierno, municipal, estatal y federal, hay diferentes
casos que lo corroboran: el gobernador interino y Secretario de
Gobierno de Michoacán, Jesús Reyna García,
igualmente, el hijo del gobernador constitucional del Estado, ambos,
acusados de asociación criminal con los Caballeros Templarios.
En otro momento, el general de división Jesús Gutiérrez
Rebollo, ex “zar antidrogas” en México, durante el
gobierno de Ernesto Zedillo (1994-2000), encarcelado por la misma
acusación criminal, de colaborar con Cártel de Juárez.
Ello, como muestra. Entonces, los alcances de la pretendida
iniciativa, de entrada, son incomprensibles,
ilógicos.
La
desaparición de todas las policías municipales mediante
una reforma constitucional que quite a los Presidentes Municipales
sus facultades en materia del mando policiaco y lo transfiera al
titular del poder ejecutivo estatal, para formar 32 policías
estatales, dará inmenso
poder coercitivo
mediante la centralización policiaca a tales actores
políticos, sin
que se diseñen contrapesos sociales y jurídicos,
y cuando la tendencia en un régimen autoritario que transita
hacia la democratización, debe ser en sentido contrario, hacia
la descentralización del poder y el aumento de los controles
sociales, institucionales y jurídicos. En tales situaciones,
de igual manera, nunca es posible tener
certeza en qué momento se podrá usar dicho poder contra
la protesta social criminalizándola.
Ya explicamos antes la experiencia de la “guerra
sucia en México”
que no
podemos afirmar se haya garantizado que jamás reaparecerá.
Ello aunado a la fórmula de una lista nacional más (ya
están, la cédula de identificación personal que
otorga el Consejo Nacional Electoral, y la CURP, la clave única
de registro poblacional), igualmente sin que se anuncien controles
judiciales y sociales a su manejo operativo, no pueden considerarse
medidas de seguridad que dejen a salvo en forma garantizada el
respeto a los derechos humanos.
La
corrupción, por ser un tema tan álgido y extendido en
México, debe quedar en manos de una Fiscalía Nacional
Autónoma, que se estructure y trabaje con absoluta
independencia del Poder Ejecutivo a cargo del Presidente de la
República. Otra cosa, con mediaciones e interferencias, no
tiene sentido y no es garante de nada.
No
se vislumbra una alternativa
de otorgar mayores facultades, incluso acusatorias, a la actual
Comisión Nacional de Derechos Humanos
(CNDH), posiblemente a través de la Fiscalía Nacional
Autónoma mencionada, para garantizar
una operación más ajustada a las necesidades actuales
de respeto universal e irrestricto a los Derechos Humanos en México,
flagelados brutalmente y por largo tiempo.
Se
“desempolvó”
también, una antigua propuesta de impulsar el “Canal
Interoceánico”
en el sur de México, en el Istmo de Tehuantepec que incluye
territorialmente a los Estados de Chiapas, Michoacán, Oaxaca y
Guerrero, junto al proyecto de localizar en ellos Zonas
Económicas Especiales
(ZEE), ligadas a los litorales de tales Estados para impulsar la
inversión en actividad exportadora, financiamiento
preferencial, facilidades fiscales y empleo con mano de obra barata,
como mecanismos
de inclusión social,
tan exitosas, por ejemplo, en China continental. Las
tres
zonas económicas especiales
son: el Corredor
Industrial Interoceánico,
en el Istmo de Tehuantepec; Puerto
Chiapas,
y los municipios colindantes al puerto Lázaro
Cárdenas, de Guerrero y de Michoacán.
Tampoco parece relevante, ante el atraso ancestral y las profundas
diferencias socio-regionales.
En
fin, en forma preliminar y parcial, concluimos que un “parto
de los montes”
no puede verse como un esfuerzo
serio y de talla de Estado
orientado a restituir los grandes ausentes en México: la
vigencia del Orden Jurídico Constitucional, la Seguridad
Interior y la Seguridad Humana, la legitimidad del régimen
político actual, un modelo de desarrollo incluyente, dado un
orden constitucional violentado
constantemente por el propio Estado.
La gran
tarea
entonces, regresará a su depositario original, el pueblo de
México quien deberá impulsar las transformaciones
necesarias.
Diciembre
de 2014.
*Jorge
Retana Yarto.
Publicaciones
del autor sobre este tema de la seguridad y criminalidad: Mafia
Transnacional y Economía Criminal, México en la Órbita
de un Poder Paraestatal.
México 2013. Presentado en 6 instituciones de Educación
Superior con diversos comentaristas académicos.
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